PROGRAMA KIT DIGITAL (subvenciones directas para soluciones digitales)

SEGMENTO EMPRESAS 0-2 EMPLEADOS

Plazo solicitud: desde el 20/10/22  a las 11h hasta 14/06/24  11h

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas

CONVOCATORIA EMPRESAS 10-49 EMPLEADOS

Plazo solicitud: 15/03/2022 11h – 15/09/22 11h

Convocatoria finalizada

CONVOCATORIA EMPRESAS DEL SEGMENTO IV (ENTRE 50 Y MENOS DE 100 EMPLEADOS) Y EL SEGMENTO V (ENTRE 100 Y MENOS DE 250 EMPLEADOS)

Plazo solicitud: inicio de presentación de solicitudes: 12/12/2024 a las 11:00 horas

Convocatoria abierta

CONVOCATORIA COMUNIDADES DE BIENES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL, SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA (ENTRE 0 Y MENOS DE 50 EMPLEADOS)

Plazo solicitud: 07/06/2023 11h

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas

¿Cuál es el objetivo del Kit Digital?

Su objetivo es promover los procesos de la digitalización de pymes y autónomos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

¿Qué ofrece el Kit Digital?

Mediante subvenciones directas no reembolsables, el Programa Kit Digital repartirá el denominado BONO DIGITAL. Este bono digital ofrece una cuantía económica para que la empresa/autónomo lo administre escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo, que se dividen en 3 campos y 10 categorías:

  • Marketing digital (desarrollo de páginas web, apps y posicionamiento SEO)
  • Comercio electrónico
  • Administración de empresa digital (facturación electrónica y ciberseguridad).

CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DIGITALIZADORAS

*Aquellas empresas que van a realizar su transformación a través del plan de kit Digital podrán elegir una de las soluciones que ofrecen los agentes digitalizadores para transformar sus negocios. Es decir, existe un catálogo cerrado. No puede coger la subvención y pagar a su proveedor informático para que realice las mejoras oportunas si no es agente digitalizador del programa.

Cuantía del bono

El importe máximo dependerá del tamaño de la empresa.

  • SEGMENTO I: Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000€
  • SEGMENTO II: Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000€
  • SEGMENTO III: Pequeñas empresas o microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y autónomos: 2.000€
  • SEGMENTO IV: Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 25.000€
  • SEGMENTO IV: Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 29.000€

Criterios de acceso para ser beneficiarios: 

  • Tener la consideración de autónomo, pequeña empresa o microempresa
  • Estar en situación de actividad, demostrando tener la antigüedad mínima que se establezca.
  • No superar el límite de ayudas de mínimis (200.000 €-3 años)
  • No estar incurso en las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

Cómo solicitar tu bono Kit Digital

01. Regístrate en área privada y completa el test de diagnóstico digital.
02. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital, y escoge entre una o varias de las soluciones ofrecidas por los agentes digitalizadores dentro del catálogo.
03. Cuando se publique la convocatoria correspondiente podrás acceder a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital, en la sede electrónica de Red.es

¿Cuál será el flujo de trabajo?

Los bonos serán otorgados por orden de solicitud, en régimen de concurrencia no competitiva y hasta que se agote el crédito presupuestario de la convocatoria.

  1. Esta solicitud de ayudas parte de un breve test autodiagnóstico del nivel de madurez digital de la pyme y un registro, ya disponibles en la web.

  2. Tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos por parte del beneficiario se resolverá la concesión del Bono Digital.

  3. Este bono dará derecho a la contratación de uno o varios agentes digitalizadores del market place para la implantación de una o varias soluciones digitales, que se formalizará a través de acuerdos de prestación de servicio entre el beneficiario y el/los digitalizador/es, cuyo modelo se establecerá en la convocatoria correspondiente.

  4. Dicho acuerdo representa el derecho a cobro tras la realización y justificación del trabajo y solo se podrá formalizar un acuerdo por cada categoría de soluciones anteriormente indicada. Se podrán firmar acuerdos durante un máximo de 6 meses desde la concesión del bono, mientras se siga teniendo «saldo» disponible, y no será obligatorio consumir el bono al completo.

  5. Formalizado el acuerdo se inicia una 1ª fase por un periodo máximo de 3 meses durante los cuales el agente digitalizador instalará y/o desarrollará la solución acordada. Una vez puesta en marcha, se emitirá la factura que abonará el beneficiario íntegramente (pago de gastos no subvencionables -iva, hardware, gastos de conectividad, infraestructura…- + cesión de cobro sobre el bono para los gastos subvencionables).

  6. Tras la emisión de esta única factura se abre una 2ª fase, durante un periodo máximo de 12 meses a lo largo de los cuales el agente digitalizador deberá mantener activa la solución, a través de la propia prestación del servicio asociada a la solución (cuotas, mantenimiento, soporte…).

El pago de las ayudas se realizará directamente a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase y, en los porcentajes establecidos en cada categoría de soluciones. El agente será el responsable de presentar la documentación justificativa.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana BASES REGULADORAS: Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Si tienes alguna duda al respecto o deseas recibir más información:

📍 Pol. Ind. Bayas, Guadalquivir, 6
📩 programas@camaramiranda.com
☎️  947335200/600243070

PROGRAMA DE APOYO EMPRESARIAL A LAS MUJERES (PAEM)

DIRIGIDO A

  • Mujeres con inquietud emprendedora.
  • Mujeres que quieran crear su empresa.
  • Mujeres que necesiten ayudas o subvenciones para su empresa.

 

DESCRIPCIÓN

  • Te ayudamos en la elaboración del plan de empresa.
  • Te proporcionamos información y asesoramiento para crear tu empresa y desarrollar tu negocio.
  • Tramitamos tu solicitud para el acceso a líneas de financiación.

CÓMO FUNCIONA

A través de los expertos de las Cámaras te prestamos una atención directa y personalizada proporcionándote:

  • Información sobre oportunidades de autoempleo, legislación, trámites, direcciones de interés.
  • Asesoramiento especializado en temas, como gestión empresarial, planes de viabilidad, análisis de comercio interior y exterior y nuevas tecnologías.
  • Ayuda para preparar el plan de empresa y presentarlo a las líneas de microcréditos sin avales, en las entidades financieras con las que la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad ha suscrito convenios de colaboración.

Puedes elegir si deseas recibir este asesoramiento:

  • On-line, pudiendo realizar la inscripción a través de un formulario
  • Presencial en tu Cámara de Comercio.

ENLACE

  • Programa sin coste para la mujer emprendedora.
  • Financiado con:

ENERGIA RENOVABLE: subvenciones dentro diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BDNS (Identif.): 585412, 585415, 585418 y 585420

Las subvenciones tienen por objeto, conseguir el desarrollo de los territorios y la cohesión social y territorial, así como el incremento de la productividad, la mejora de la competitividad, el aumento del empleo y la capacidad de exportación de la economía, promoviendo el despliegue de las energías renovables, tanto térmicas como eléctricas, en los distintos sectores consumidores para fomentar un mayor control del consumo mediante el desarrollo de los sistemas de almacenamiento detrás del contador y el impulso a la industria y al sector empresarial asociado.

Se estructuran en 6 Programas:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Las subvenciones de los programas de incentivos que se regulan en esta orden serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

Plazo de presentación de solicitudes: a partir de las 00:00 horas del día 17/01/22 y concluirá el 31/12/23, tal día inclusive

Bases reguladoras

 

 

EFICIENCIA ENERGÉTICA: subvenciones, dentro del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial (solicitudes hasta 30/06/2023)

  • Referencia: 477590 
  • Organismo: Consejería de Economía y Hacienda
  • Sector: Industria
  • Administración: Junta de Castilla y León
  • Ámbito geográfico: Castilla y León

Información adicional

  • Tipo de ayuda: Subvención
  • Destinatarios: Empresas que tengan la consideración de pyme o de gran empresa del sector industrial
  • Plazo de solicitud: Del 12 de febrero al 31 de diciembre de 2020. AMPLIADO HASTA EL 30/06/23
  • Web del organismo convocante: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es , http://www.idae.es

Referencias de la publicación

Accede aquí a la convocatoria y demás documentación e información https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es  utilizando el identificador BDNS: 477590

PLATAFORMA FINANCIERA JCYL

La Plataforma Financiera de Castilla y León es una herramienta permanente de colaboración público- privada entre la Junta de Castilla y León y las principales entidades financieras que operan en el territorio autonómico, constituida para facilitar el acceso a la financiación a todos los proyectos empresariales viables que pretendan desarrollarse en la Comunidad. Está gestionada por el Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE).

Atienden las necesidades de circulante o inversión mediante un amplio catálogo de productos financieros, tanto de naturaleza pública como privada, a través de los instrumentos que conforman la Plataforma Financiera, entre los que se incluyen los propios de la Junta de Castilla y León, de las sociedades del perímetro del ICE ( Sodical e  Iberaval ), de las 18 entidades financieras que han suscrito un convenio de colaboración, y de otros entes y organismos de ámbito nacional e internacional, como el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo , ENISA , AXIS , COFIDES , ICO ,  BEI y  Plan Juncker .

TIC: Subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales dirigidos a favorecer la incorporación de las TIC en las PYMES de CyL, cofinanciadas con el FEDER. (fuera de plazo)

OBJETO:

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la incorporación de las tecnologías de la información y comunicación en las PYMES de Castilla y León, con la finalidad de mejorar su competitividad.

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” (19/11/18) y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Autónomos y PYMES que cumplan los requisitos

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

  • Tener su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León.
  • Realizar proyectos empresariales dirigidos a incorporar nuevas tecnologías de la información o comunicación en su gestión, pertenecientes a los sectores y a las actividades indicadas en esta convocatoria. Se considerará PYME la entidad cuyas características se ajusten a lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.

Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, fundaciones y las asociaciones sin ánimo de lucro.

CUANTÍA:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo del 55% a aplicar sobre el coste subvencionable:
  • Este porcentaje será incrementado en un 5%, si el centro de trabajo está situado en un municipio de menos de 10.000 habitantes, o de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia el porcentaje de ayuda será del 60% y será incrementado en un 10%
  • Si el centro de trabajo está situado en los municipios mineros incluidos en el Anexo, indicado a continuación, el porcentaje de ayuda será del 65%.

ORGANISMO:

Responsable:

Gestor:

Director General del Instituto para la Competitividad Empresarial

Que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

PLAZO DE RESOLUCIÓN:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.

EXTRACTO CONVOCATORIA
ORDEN EYH/655/2018, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales dirigidos a favorecer
la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYMES de
Castilla y León

I+D, TIC: Subvenciones para la realización de proyectos de I+D de las pymes del sector de las tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), así como las disposiciones específicas que la regulan, dentro del ámbito de CYL, cofinanciados por FEDER

 

  • Referencia: 63883
  • Organismo: Consejería de Economía y Hacienda. Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León
  • Sector: Empresas en general, Investigación y Desarrollo
  • Administración: Junta de Castilla y León

Ámbito geográfico: Castilla y León

Información adicional

  • Tipo de ayuda: Subvención
  • Destinatarios: Pymes que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León y pertenezcan al sector TIc
  • Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierra de la misma
  • Web del organismo convocante: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

Referencias de la publicación

  • Orden EYH/1028/2017. Boletín Oficial de Castilla y León número 225 de 23 de noviembre de 2017 (Bases reguladoras)
  • Resolución 180614. Boletín Oficial de Castilla y León número 119 de 21 de junio de 2018 (Extracto-Convocatoria)

INVERSIÓN: Subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión de las PYMES, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas con el FEDER

Información general

Se aprueban la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión de las PYMES, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas con el FEDER

  • Referencia: 63109
  • Organismo: Consejería de Economía y Hacienda. Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León
  • Sector: Empresas en general
  • Administración: Junta de Castilla y León

 

Ámbito geográfico

  • Castilla y León

 

Información adicional

  • Tipo de ayuda: Subvención
  • Destinatarios: PYMES que realicen proyectos de inversión en la Comunidad de Castilla y León
  • Plazo de solicitud: El plazo de solicitud finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o publicación del cierre de la misma
  • Web del organismo convocante: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

 

Referencias de la publicación

  • Orden EYH/1029/2017. Boletín Oficial de Castilla y León número 225 de 23 de noviembre de 2017 (Bases reguladoras)
  • Resolución 180420. Boletín Oficial de Castilla y León número 94 de 17 de mayo de 2018 (Extracto-Convocatoria)

 

INVERSIÓN: Subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión de las PYMES, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de CYL

Se aprueban la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión de las PYMES, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León

  • Organismo : Consejería de Economía y Hacienda. Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE)
  • Sector : Empresas en general
  • Subsector : Innovación, Mejora de estructuras
  • Administración : Junta de Castilla y León
  • Ámbito geográfico : Comunidad Autónoma Castilla y León

Información adicional


  • Tipo : Subvención
  • Destinatarios : PYMES que realicen proyectos de inversión en la Comunidad de Castilla y León
  • Plazo de solicitud : El plazo de solicitud finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o publicación del cierre de la misma
  • Referencias de la publicación
    • Resolución 160617. Boletín Oficial de Castilla y León número 124 de 29 de junio de 2016. (Extracto-Convocatoria)
    • Orden EYH/253/2016. Boletín Oficial de Castilla y León número 66 de 7 de abril de 2016. (Bases reguladoras)

- Texto íntegro