RESUMEN SUBVENCIONES DIGITALIZACION

CIBERSEGURIDAD, INDUSTRIA: subvenciones para el año 2026 dirigidas a impulsar la ciberseguridad industrial en Castilla y León (solicitudes hasta 12/02/26)

Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a impulsar la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León para el año 2026, con la finalidad de promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos de Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León, así como proteger contra las amenazas y riesgos relacionados con la seguridad digital, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en hardware y software en esta materia.

 

Beneficiarios

Empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas, cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León, y cumplan los requisitos.

 

Plazo de solicitudes

Desde el 12 de enero de 2026 hasta el 12 de febrero de 2026

DIGITALIZACION: SUBVENCIONES DESTINADAS A FAVORECER LA DIGITALIZACIÓN Y LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN LAS PYMES (2025)

Objeto:

Concesión de subvenciones, en régimen de en concurrencia no competitiva, destinadas a financiar los proyectos de digitalización y trasformación digital avanzada en las pymes de Castilla y León.

 

¿Quién lo puede solicitar?

  • Pymes con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León que realicen proyectos dirigidos a su digitalización y/o transformación digital.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, las empresas públicas y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

 

¿Para qué es la ayuda?:

Se consideran proyectos subvencionables los proyectos de digitalización y transformación digital en las pymes de Castilla y León, según las siguientes tipologías:

a) Proyectos individuales para la digitalización. Destinado a Pymes que deciden afrontar el reto de su digitalización, con la posibilidad de definición de la manera de abordar su recorrido de digitalización de la mano de un experto y, además, digitalizar uno o varios de sus procesos.

b) Proyectos individuales y en colaboración para la trasformación digital avanzada. Destinada a Pymes con un mayor nivel de digitalización que pretende, o bien utilizar tecnologías digitales avanzadas para alguno de sus procesos, o bien afrontar un proceso de transformación digital más ambicioso.

El plazo máximo de ejecución del proyecto será de 18 meses contado a partir de la solicitud de la ayuda.

Descarga del documento tipo PDF Costes o gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Costes o gastos subvencionables (96 kbytes)

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo mínimo del 55% y un máximo del 75% sobre el coste subvencionable.
  • El porcentaje de ayuda se establecerá como la suma del porcentaje mínimo del 55% y los porcentajes adicionales que resulten de la aplicación de los criterios establecidos en las bases reguladoras.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación  finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

INDUSTRIA 4.0: subvenciones para el año 2025 dirigidas al fomento de la industria 4.0 o digitalización industrial en CyL (FUERA DE PLAZO)

Objeto

Estas subvenciones tienen por finalidad la realización de proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial que apliquen tecnologías dentro del ámbito de la fabricación avanzada en empresas industriales en la Comunidad de Castilla y León, potenciando especialmente la realización de proyectos que incorporen la Inteligencia Artificial en los procesos de digitalización. Con el desarrollo de este tipo de proyectos industriales, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León y la transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en maquinaria y/o equipamiento
avanzado (hardware y software) en esta materia.


 

📆 Solicitudes hasta el 23/06/25

INVERSIÓN, COMERCIO Y SERVICIOS: subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de CyL 2025

Objeto:

Subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León.

 

Proyectos y gastos subvencionables:

Podrán subvencionarse, con el detalle y con las excepciones que puedan establecerse en las convocatorias, las siguientes categorías de gastos:
a) La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
b) La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos.
c) Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución, la protección y seguridad o la mejora de la imagen del mismo, así como las dirigidas a la eliminación de barreras que mejoren la accesibilidad a las personas con discapacidad y las dirigidas a la implantación de buenas prácticas medioambientales que impliquen reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos o gestionarlos de forma más adecuada conforme a la jerarquía de residuos, y/o minimizar otros impactos de carácter medioambiental.
d) La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
e) La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad subvencionable.
f) El hardware, el software, el mobiliario tecnológico y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…) y la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de pagos, puntos de entrega inteligentes…).
Las herramientas y soluciones tecnológicas tienen que estar plenamente operativas a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

 

Serán subvencionables los gastos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar relacionados de manera indubitada con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda y ser necesarios para su ejecución.
b) Ejecutarse dentro del período subvencionable establecido en cada convocatoria.
c) Encontrarse efectivamente pagados a la fecha de presentación de la solicitud de subvención

 

Cuantía de la subvención y criterios de valoración:

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 75% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.

 

Plazo solicitudes

Desde el  30 de abril de 2025 hasta el 15 de mayo de 2025

DIGITALIZACIÓN: SUBVENCIONES DESTINADAS A FAVORECER LA DIGITALIZACIÓN BÁSICA EN LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN (solicitudes hasta 31/12/25)

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a financiar los proyectos de digitalización básica en las pymes de Castilla y León.

 

¿Quién lo puede solicitar?

  • Pymes, incluidos los autónomos, con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, las empresas públicas y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

 

¿Para qué es la ayuda?:

Se consideran proyectos subvencionables los proyectos de digitalización básica en autónomos y pymes de Castilla y León, dirigidos a la implementación de las primeras herramientas o soluciones digitales en una empresa.

Se consideran costes o gastos subvencionables, según se señale en cada convocatoria de aplicación, los siguientes:
a) Software, incluyendo XaaS.
b) Hardware y los equipos necesarios para la implementación de la solución o soluciones objeto del proyecto, incluyendo XaaS.
c) Colaboraciones externas necesarias para la realización de uno o varios de los siguientes conceptos:

i. Consultoría de procesos que permita detectar las principales necesidades de la entidad beneficiaria en relación con su proceso de digitalización.
ii. Consultoría tecnológica sobre las mejores herramientas para abordar las necesidades de la entidad beneficiaria.
iii. Consultoría para la implantación de las herramientas/soluciones seleccionadas para su integración en los procesos de la pyme.
iv. Consultoría de seguimiento de la implantación realizada.
v. Capacitación de empleados de la entidad beneficiaria en las herramientas/soluciones implantadas.

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido por importe de 1.200 euros.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
  • El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de trescientos mil euros (300.000 €) en el período de tres años previos a la concesión, o en su caso el límite que le sustituya.

INVERSIÓN, COMERCIO Y SERVICIOS: Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de Castilla y León 2024

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.

Servicios de proximidad y nueva creación

Se entiende por servicios de proximidad los ofertados al mercado con ánimo de lucro, siempre que se presten directamente al usuario final en un establecimiento abierto al público, con exclusión de los siguientes:
a) Los servicios de carácter financiero, de seguros y de transporte, cualquiera que sea el medio utilizado.
b) El ejercicio de profesiones liberales.
c) Los suministros de agua, gas, electricidad y teléfonos.
d) Los servicios de alojamiento, bares, restaurantes y hostelería en general.
e) Los servicios prestados por empresas de ocio y espectáculos, tales como cines, teatros, circos, parques infantiles y similares.

Se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos en los que se inicie la nueva actividad dentro del periodo subvencionable establecido en la misma, esto es del 1/04/23 al 31/03/24, ambos inclusive, considerando a tal fin como fecha de referencia la de alta que figure en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

 

Proyectos y gastos subvencionables:

  • La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable.
  • O su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • O bien ambas a la vez.
Serán subvencionables los siguientes gastos que estén relacionados con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda ejecutados entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive.

 

Plazo solicitudes

Desde el 27 de mayo de 2024 hasta el 7 de junio de 2024

 

Cuantía de la subvención y criterios de valoración:

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.

COMERCIO, FINANCIACION: subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en el marco del Componente 13 «Impulso a la PYME», Inversión 4 «Apoyo al comercio», Programa de modernización del comercio: Fondo tecnológico (FUERA DE PLAZO)

BDNS (Identif.): 719015

Objeto y finalidad:

Financiar inversiones en el marco del Componente 13 “Impulso a la Pyme”, Inversión 4 “Apoyo al Comercio”, Actuación 1.2 “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante dos líneas de ayuda:

  • 1.  Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
  • 2.  Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial., de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

 

Beneficiarios.
  • Personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas y cumplan los requisitos establecidos.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos

 

Proyectos y gastos subvencionables.
  1. Proyectos de nuevas tecnologías, individuales y/o del colectivo de asociados, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (transformación digital).
  2. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, individual y/o del colectivo de asociados, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (transformación del punto de venta).
  3. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla, es decir, el transporte final de una mercancía (cadena de suministro y trazabilidad).
  4. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (sostenibilidad y economía circular).

Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, estén relacionados con el/los proyecto/s objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable que se extenderá desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 15 de octubre de 2023, ambos inclusive, y que se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.

 

Cuantía
  • La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitantes, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante.
  • No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.

 

📆 Plazo de presentación de solicitudes hasta el 20/10/2023

Más información y tramitación

COMERCIO, DIGITALIZACIÓN: Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio (2022) (FUERA DE PLAZO)

Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.

 

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:

I. La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.

II. Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

III. Ambas a la vez.

Serán susceptibles de financiación los gastos ejecutados entre el 1 de junio del 2021 y el 31 de marzo de 2022, ambos inclusive.

 

Plazo solicitudes

Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 18 de abril de 2022

PROGRAMA KIT DIGITAL (subvenciones directas para soluciones digitales)

SEGMENTO EMPRESAS 0-2 EMPLEADOS

Plazo solicitud: desde el 20/10/22  a las 11h hasta 14/06/24  11h

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas

CONVOCATORIA EMPRESAS 10-49 EMPLEADOS

Plazo solicitud: 15/03/2022 11h – 15/09/22 11h

Convocatoria finalizada

CONVOCATORIA EMPRESAS DEL SEGMENTO IV (ENTRE 50 Y MENOS DE 100 EMPLEADOS) Y EL SEGMENTO V (ENTRE 100 Y MENOS DE 250 EMPLEADOS)

Plazo solicitud: inicio de presentación de solicitudes: 12/12/2024 a las 11:00 horas

Convocatoria abierta

CONVOCATORIA COMUNIDADES DE BIENES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL, SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA (ENTRE 0 Y MENOS DE 50 EMPLEADOS)

Plazo solicitud: 07/06/2023 11h

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas

¿Cuál es el objetivo del Kit Digital?

Su objetivo es promover los procesos de la digitalización de pymes y autónomos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

¿Qué ofrece el Kit Digital?

Mediante subvenciones directas no reembolsables, el Programa Kit Digital repartirá el denominado BONO DIGITAL. Este bono digital ofrece una cuantía económica para que la empresa/autónomo lo administre escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo, que se dividen en 3 campos y 10 categorías:

  • Marketing digital (desarrollo de páginas web, apps y posicionamiento SEO)
  • Comercio electrónico
  • Administración de empresa digital (facturación electrónica y ciberseguridad).

CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DIGITALIZADORAS

*Aquellas empresas que van a realizar su transformación a través del plan de kit Digital podrán elegir una de las soluciones que ofrecen los agentes digitalizadores para transformar sus negocios. Es decir, existe un catálogo cerrado. No puede coger la subvención y pagar a su proveedor informático para que realice las mejoras oportunas si no es agente digitalizador del programa.

Cuantía del bono

El importe máximo dependerá del tamaño de la empresa.

  • SEGMENTO I: Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000€
  • SEGMENTO II: Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000€
  • SEGMENTO III: Pequeñas empresas o microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y autónomos: 2.000€
  • SEGMENTO IV: Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 25.000€
  • SEGMENTO IV: Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 29.000€

Criterios de acceso para ser beneficiarios: 

  • Tener la consideración de autónomo, pequeña empresa o microempresa
  • Estar en situación de actividad, demostrando tener la antigüedad mínima que se establezca.
  • No superar el límite de ayudas de mínimis (200.000 €-3 años)
  • No estar incurso en las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

Cómo solicitar tu bono Kit Digital

01. Regístrate en área privada y completa el test de diagnóstico digital.
02. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital, y escoge entre una o varias de las soluciones ofrecidas por los agentes digitalizadores dentro del catálogo.
03. Cuando se publique la convocatoria correspondiente podrás acceder a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital, en la sede electrónica de Red.es

¿Cuál será el flujo de trabajo?

Los bonos serán otorgados por orden de solicitud, en régimen de concurrencia no competitiva y hasta que se agote el crédito presupuestario de la convocatoria.

  1. Esta solicitud de ayudas parte de un breve test autodiagnóstico del nivel de madurez digital de la pyme y un registro, ya disponibles en la web.

  2. Tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos por parte del beneficiario se resolverá la concesión del Bono Digital.

  3. Este bono dará derecho a la contratación de uno o varios agentes digitalizadores del market place para la implantación de una o varias soluciones digitales, que se formalizará a través de acuerdos de prestación de servicio entre el beneficiario y el/los digitalizador/es, cuyo modelo se establecerá en la convocatoria correspondiente.

  4. Dicho acuerdo representa el derecho a cobro tras la realización y justificación del trabajo y solo se podrá formalizar un acuerdo por cada categoría de soluciones anteriormente indicada. Se podrán firmar acuerdos durante un máximo de 6 meses desde la concesión del bono, mientras se siga teniendo «saldo» disponible, y no será obligatorio consumir el bono al completo.

  5. Formalizado el acuerdo se inicia una 1ª fase por un periodo máximo de 3 meses durante los cuales el agente digitalizador instalará y/o desarrollará la solución acordada. Una vez puesta en marcha, se emitirá la factura que abonará el beneficiario íntegramente (pago de gastos no subvencionables -iva, hardware, gastos de conectividad, infraestructura…- + cesión de cobro sobre el bono para los gastos subvencionables).

  6. Tras la emisión de esta única factura se abre una 2ª fase, durante un periodo máximo de 12 meses a lo largo de los cuales el agente digitalizador deberá mantener activa la solución, a través de la propia prestación del servicio asociada a la solución (cuotas, mantenimiento, soporte…).

El pago de las ayudas se realizará directamente a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase y, en los porcentajes establecidos en cada categoría de soluciones. El agente será el responsable de presentar la documentación justificativa.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana BASES REGULADORAS: Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Si tienes alguna duda al respecto o deseas recibir más información:

📍 Pol. Ind. Bayas, Guadalquivir, 6
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