¿Cuál es el objetivo del Kit Digital?
Su objetivo es promover los procesos de la digitalización de pymes y autónomos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
¿Qué ofrece el Kit Digital?
Mediante subvenciones directas no reembolsables, el Programa Kit Digital repartirá el denominado BONO DIGITAL. Este bono digital ofrece una cuantía económica para que la empresa/autónomo lo administre escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo, que se dividen en 3 campos y 10 categorías:
- Marketing digital (desarrollo de páginas web, apps y posicionamiento SEO)
- Comercio electrónico
- Administración de empresa digital (facturación electrónica y ciberseguridad).
CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DIGITALIZADORAS
Cuantía del bono
El importe máximo dependerá del tamaño de la empresa.
- SEGMENTO I: Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000€
- SEGMENTO II: Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000€
- SEGMENTO III: Pequeñas empresas o microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y autónomos: 2.000€
Criterios de acceso para ser beneficiarios:
- Tener la consideración de autónomo, pequeña empresa o microempresa
- Estar en situación de actividad, demostrando tener la antigüedad mínima que se establezca.
- No superar el límite de ayudas de mínimis (200.000 €-3 años)
- No estar incurso en las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
Cómo solicitar tu bono Kit Digital
¿Cuál será el flujo de trabajo?
Los bonos serán otorgados por orden de solicitud, en régimen de concurrencia no competitiva y hasta que se agote el crédito presupuestario de la convocatoria.
- Esta solicitud de ayudas parte de un breve test autodiagnóstico del nivel de madurez digital de la pyme y un registro, ya disponibles en la web.
- Tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos por parte del beneficiario se resolverá la concesión del Bono Digital.
- Este bono dará derecho a la contratación de uno o varios agentes digitalizadores del market place para la implantación de una o varias soluciones digitales, que se formalizará a través de acuerdos de prestación de servicio entre el beneficiario y el/los digitalizador/es, cuyo modelo se establecerá en la convocatoria correspondiente.
- Dicho acuerdo representa el derecho a cobro tras la realización y justificación del trabajo y solo se podrá formalizar un acuerdo por cada categoría de soluciones anteriormente indicada. Se podrán firmar acuerdos durante un máximo de 6 meses desde la concesión del bono, mientras se siga teniendo «saldo» disponible, y no será obligatorio consumir el bono al completo.
- Formalizado el acuerdo se inicia una 1ª fase por un periodo máximo de 3 meses durante los cuales el agente digitalizador instalará y/o desarrollará la solución acordada. Una vez puesta en marcha, se emitirá la factura que abonará el beneficiario íntegramente (pago de gastos no subvencionables -iva, hardware, gastos de conectividad, infraestructura…- + cesión de cobro sobre el bono para los gastos subvencionables).
- Tras la emisión de esta única factura se abre una 2ª fase, durante un periodo máximo de 12 meses a lo largo de los cuales el agente digitalizador deberá mantener activa la solución, a través de la propia prestación del servicio asociada a la solución (cuotas, mantenimiento, soporte…).
El pago de las ayudas se realizará directamente a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase y, en los porcentajes establecidos en cada categoría de soluciones. El agente será el responsable de presentar la documentación justificativa.