FERIAS INTERNACIONALES: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de participación en ferias internacionales de las pymes de Castilla y León (solicitudes hasta 31/12/24)

Objeto
Convocar subvenciones destinadas a financiar la participación en ferias y exposiciones internacionales de las pymes de la Comunidad de Castilla y León. Las subvenciones se tramitarán y resolverán en concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación.

Se subvencionan las ferias internacionales celebradas entre el 3 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, ambas fechas incluidas.

 

Clase y cuantía de las subvenciones

  • La subvención será a fondo perdido y su cuantía, con carácter general, será de un 45% sobre los costes subvencionables, con el límite máximo de 200.000 euros por empresa calculados en cualquier período de tres ejercicios fiscales.
  • No obstante, se podrá alcanzar hasta el 60% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los criterios de valoración

 

Plazo solicitudes

Finalizará el 31/12/2024

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Subvenciones para adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud (2024)

OBJETO:

Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a la adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo en centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar sus condiciones de trabajo, adecuándolas a criterios de mayor eficacia de la gestión de la seguridad y salud laboral.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

  • Será subvencionable la adquisición, adaptación o renovación de los equipos de trabajo en centros de trabajo de Castilla y León siempre y cuando con ellos se produzca una mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral.
  • Se considerará que se mejoran las condiciones de seguridad y salud laboral a los exclusivos efectos de esta línea de subvención, cuando se evite o se minimice un riesgo indicado como tal en la evaluación de riesgos laborales de la empresa
  • Se considerará equipo de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, «cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo».
  • Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día 1 de noviembre de 2023 y el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

 

CUANTÍA:

La cuantía de la subvención será el 85% respecto del gasto subvencionable, no pudiendo en ningún caso superar los 50.000 euros por beneficiario.

 

PLAZO SOLICITUDES:

Desde el 11 de abril de 2024 hasta el 10 de mayo de 2024

RESUMEN SUBVENCIONES A LA INVERSIÓN

 

FUERA DE PLAZO

INTERNACIONAL: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de expansión internacional de las PYMES de la Comunidad de Castilla y León, así como las disposiciones específicas que la regulan, cofinanciadas con el FEDER

OBJETO:

Convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a financiar los proyectos empresariales de expansión internacional de las Pymes y autónomos de Castilla y León, con el fin de mejorar su competitividad.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

  • Autónomos y Pymes con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos de promoción exterior dirigidos a la expansión internacional.
  • Las empresas del sector vitivinícola que hayan solicitado ayudas para la promoción de productos vinícolas en mercados de terceros países (OCM), sólo podrán ser beneficiarias para acciones dirigidas a mercados de países distintos a los solicitados.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las asociaciones y las fundaciones sin ánimo de lucro.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Se consideran proyectos subvencionables las acciones de promoción internacional, la participación en licitaciones públicas internacionales, los proyectos de implantación exterior y las acciones o materiales de marketing internacional realizados por empresas de Castilla y León con el fin de impulsar la promoción exterior de la empresa y su presencia en mercados internacionales.

Serán subvencionables las acciones realizadas o ejecutadas desde el 16 de febrero de 2023.

Serán gastos subvencionables aquellos que hayan sido efectivamente realizados y pagados con anterioridad a la solicitud de la ayuda. En el caso de los gastos de marketing y los gastos de implantaciones en el exterior sólo serán subvencionables los gastos realizados y pagados con posterioridad al 16 de febrero de 2023.

 

CUANTÍA:

  • La subvención será a fondo perdido y su cuantía con carácter general será de un 45% sobre los costes subvencionables, con el límite máximo de 200.000 euros por empresa para el total de los proyectos apoyados con cargo a esta convocatoria.
  • Las solicitudes deberán tener un presupuesto total elegible mínimo de 2.000 euros.
  • No obstante, se podrá alcanzar hasta el 60% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los criterios de valoración contemplados.

 

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

La solicitud se presentará con posterioridad a la realización, facturación y pago de las acciones, que deberán haberse realizado con posterioridad al 15 de febrero de 2023.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante resolución expresa de la Presidencia del ICE.

COMERCIO, FINANCIACION: subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en el marco del Componente 13 «Impulso a la PYME», Inversión 4 «Apoyo al comercio», Programa de modernización del comercio: Fondo tecnológico (FUERA DE PLAZO)

BDNS (Identif.): 719015

Objeto y finalidad:

Financiar inversiones en el marco del Componente 13 “Impulso a la Pyme”, Inversión 4 “Apoyo al Comercio”, Actuación 1.2 “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante dos líneas de ayuda:

  • 1.  Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
  • 2.  Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial., de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

 

Beneficiarios.
  • Personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas y cumplan los requisitos establecidos.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos

 

Proyectos y gastos subvencionables.
  1. Proyectos de nuevas tecnologías, individuales y/o del colectivo de asociados, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (transformación digital).
  2. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, individual y/o del colectivo de asociados, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (transformación del punto de venta).
  3. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla, es decir, el transporte final de una mercancía (cadena de suministro y trazabilidad).
  4. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (sostenibilidad y economía circular).

Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, estén relacionados con el/los proyecto/s objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable que se extenderá desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 15 de octubre de 2023, ambos inclusive, y que se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.

 

Cuantía
  • La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitantes, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante.
  • No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.

 

📆 Plazo de presentación de solicitudes hasta el 20/10/2023

Más información y tramitación

EMPRENDEDORES: financiar proyectos empresariales promovidos de creación de empresas

OBJETO:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos señalados a continuación y, además, la inversión y gastos subvencionables a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el Instituto, entre 10.000 € y 150.000 € una vez aplicados los módulos correspondientes (Anexo I):

  1. Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
  2. El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
  3. El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.

 

CUANTÍA:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
  • La cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de los criterios de valoración.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
  • El importe total de las ayudas de minimis concedidas conforme la definición de “única empresa”, no excederá el importe establecido en el Reglamento de minimis en vigor (actualmente 200.000 €) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

FINANCIAR, INVERSIÓN: subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

CONSULTA BDNS: 709286

BENEFICIARIOS

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados en esta convocatoria

 

OBJETO

  • Facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.
  • Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad. En cada convocatoria se especificarán aquellos costes o gastos subvencionables que pueden consistir en la adquisición de activos fijos materiales e inmateriales y los gastos que sean necesarios para el proyecto, que consistan en:
    • a) Obra civil y adquisición de bienes inmuebles
    • b) Bienes de equipo
    • c) Los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos
    • d) Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos  informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, utensilios necesarios para prestación del servicio, etc.
    • e) Otras inversiones en activos inmateriales, consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados
    • f) Los gastos notariales y registrales para la constitución de la sociedad.
    • g) Los gastos de consultoría externa para la elaboración del plan de empresa necesario para la puesta en marcha de la nueva actividad.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 10/08/2023 y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

INVERSIÓN: subvenciones públicas dirigidas a la realización de inversiones para la mejora de los lugares de trabajo en los centros de trabajo de Castilla y León (solicitudes hasta 31/07/24)

Objeto
Convocar para el año 2024, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a financiar inversiones en los lugares de trabajo de los centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de los trabajadores de Castilla y León.

 

¿Para qué es la ayuda?

Serán subvencionables las siguientes inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se haya recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva a la que se refiere la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y también las de renovación o mejora de las instalaciones indicadas:

1. Inversiones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los lugares de trabajo:

a) En las condiciones constructivas: Suelos, aberturas, desniveles, y barandillas; Tabiques, ventanas y vanos; Vías de circulación internas; Puertas y portones; Rampas, escaleras fijas y de servicio.

b) La iluminación de los lugares de trabajo cerrados.

c) Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo cerrados.

2. Inversiones en los servicios higiénicos, locales de descanso y locales de primeros auxilios de los lugares de trabajo: En los vestuarios, duchas, lavabos y retretes; en los locales de descanso, y en los locales de primeros auxilios.

3. Inversiones encaminadas a facilitar la adopción de las medidas sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Las inversiones deberán estar efectuadas y pagadas entre el 1 de noviembre de 2023 y el 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 11 de abril de 2024 hasta el 31 de julio de 2024

PLATAFORMA FINANCIERA JCYL

La Plataforma Financiera de Castilla y León es una herramienta permanente de colaboración público- privada entre la Junta de Castilla y León y las principales entidades financieras que operan en el territorio autonómico, constituida para facilitar el acceso a la financiación a todos los proyectos empresariales viables que pretendan desarrollarse en la Comunidad. Está gestionada por el Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE).

Atienden las necesidades de circulante o inversión mediante un amplio catálogo de productos financieros, tanto de naturaleza pública como privada, a través de los instrumentos que conforman la Plataforma Financiera, entre los que se incluyen los propios de la Junta de Castilla y León, de las sociedades del perímetro del ICE ( Sodical e  Iberaval ), de las 18 entidades financieras que han suscrito un convenio de colaboración, y de otros entes y organismos de ámbito nacional e internacional, como el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo , ENISA , AXIS , COFIDES , ICO ,  BEI y  Plan Juncker .