INVERSION. Subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión en la Comunidad de Castilla y León.

Objeto: Convocatoria para la concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, destinadas a financiar los proyectos empresariales de inversión en la comunidad de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, el desarrollo de la competitividad y la consolidación de las empresas existentes, mediante el fomento de la inversión, así como la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo vinculados a dicha inversión.

 

Beneficiarios:

Podrán tener la condición de entidad beneficiaria las pymes (incluidos autónomos), que cumplan los requisitos exigidos, y realicen proyectos de inversión subvencionables en la Comunidad de Castilla y León, en los siguientes sectores económicos y actividades:

  1. Industrias extractivas y transformadoras.
  2. Servicios de apoyo industrial, entendiendo por tales los servicios que mejoren los procesos de producción o la calidad del producto o servicio mediante la innovación, la introducción de las nuevas tecnologías y mediante la prestación de servicios en los subsectores TIC; se entenderán también como servicio de apoyo industrial las actividades relacionadas con las plataformas logísticas y con la valorización de residuos, impliquen o no su recogida.
  3. Comercio al por mayor y al por menor, excepto las actividades correspondientes a los grupos de la CNAE vigente siguientes: intermediarios del comercio al por mayor, comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos, comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, comercio al por mayor y al por menor de combustible, comercio al por menor de productos de tabaco y comercio al por menor realizado fuera de establecimiento permanente.
  4. Establecimientos de alojamiento hotelero.
  5. Establecimientos de turismo rural que reúnan los requisitos para ser clasificados como posadas u hoteles rurales.
  6. Establecimientos de alojamiento en la modalidad de camping.
  7. Establecimientos de alojamiento en la modalidad de albergue en régimen turístico conforme a lo establecido en la normativa de Turismo de Castilla y León vigente. En estos proyectos se podrán incluir ofertas turísticas especializadas e instalaciones complementarias de ocio ligadas a dichos establecimientos.
  8. Actividades de turismo activo que realicen empresas autorizadas conforme al Decreto 7/2021, de 11 de marzo, por el que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León.
  9. Los establecimientos de restauración clasificados como restaurante.
  10. La producción de hielo a partir de agua natural con fines de refrigeración; no se incluye la fabricación de hielo comestible.
  11. La edición de programas informáticos (salvo servicios de intermediación y juegos de azar y apuestas)

 

Proyectos y gastos subvencionables: Se consideran proyectos de inversión inicial en activos materiales e inmateriales que consistan en:

a) La creación de un nuevo establecimiento.
b) La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
c) La diversificación de la producción de un establecimiento hacia productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él, o la diversificación de su actividad.
d) La transformación fundamental en el proceso global de producción de los productos y/o servicios de un establecimiento existente.
e) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que haya cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido, y que es comprado por un inversor no vinculado con el vendedor. La mera adquisición de las acciones de una empresa no se considera inversión inicial.

La inversión a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el ICECYL por importe de entre 30.000,00 € y 1.500.000 €.

Quedan excluidas del ámbito de los proyectos subvencionables los referidos a inversiones de sustitución. Se entienden por tales los proyectos que consistan en la actualización tecnológica de un parque de maquinaria ya amortizado.

 

Cuantía

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje en función de los costes del proyecto de inversión y los criterios de valoración. El proyecto deberá alcanzar una puntuación mínima de 30 puntos.
  • Porcentaje máximo de ayuda del 35%, excepto en Soria y Zamora que podrá llegar al 40% y Ávila y Salamanca que podrá llegar al 45%.
  • Solo se podrá subvencionar a cada solicitante una inversión máxima de un millón y medio de euros con independencia del número de solicitudes que presente siendo desestimadas íntegramente las que den lugar a superar ese límite.

 

📆 Plazo solicitudes: finalizará el 30 de diciembre de 2026 o, en su caso, el día de la publicación del cierre de la misma si fuese anterior.

INVERSIÓN: subvenciones públicas dirigidas a la realización de inversiones para la mejora de los lugares de trabajo en los centros de trabajo de Castilla y León (solicitudes hasta 27/02/26)

Objeto
Convocar para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a financiar inversiones en los lugares de trabajo de los centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de los trabajadores de Castilla y León.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 28/01/26 al 27/02/26

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Subvenciones para adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud (2026)

OBJETO:

Convocar para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a la adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo en centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar sus condiciones de seguridad y salud laboral.

 

PLAZO SOLICITUDES:

Del 28/01/26 al 27/02/26

FINANCIACION: Subvenciones para la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León (2026)

OBJETO:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones con la finalidad apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León. Se pretende mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Empresas industriales y empresarios autónomos industriales, de carácter privado, que cumplan los requisitos de Pyme, que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.

 

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 12 de enero de 2026 hasta el 12 de febrero de 2026

RESUMEN SUBVENCIONES A LA INVERSIÓN

FUERA DE PLAZO

INTERNACIONAL: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de expansión internacional de las PYMES de la CyL

OBJETO:

Convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a financiar los proyectos de expansión internacional de las pymes de Castilla y León con el fin de mejorar su competitividad.

 

Quién lo puede solicitar?

  • Las pymes, incluidos los autónomos, con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos de acciones de expansión internacional.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, las empresas públicas y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

 

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las acciones realizadas o ejecutadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 (ambos incluidos), cuyos gastos hayan sido efectivamente realizados y pagados con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

Se consideran proyectos subvencionables las acciones de promoción internacional, el registro y renovación de marcas y productos en países que no sean miembros de la Unión Europea y los gastos de marketing internacional, indicados a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Proyectos, Costes, Cuantía y Sectores Subvencionables. Abre una nueva ventana Proyectos, Costes, Cuantía y Sectores Subvencionables (277 kbytes)

Cuantía:

  • La subvención será a fondo perdido y su cuantía con carácter general será de un 45% sobre los costes subvencionables, con el límite máximo de 150.000 euros por entidad beneficiaria para el total de los proyectos solicitados.
  • Las solicitudes deberán tener un presupuesto total elegible mínimo de 2.000 euros.
  • No obstante, se podrá alcanzar hasta el 60% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los siguentes criterios de cuantificación:

Descarga del documento tipo PDF Criterios de cuantificación. Abre una nueva ventana Criterios de cuantificación (142 kbytes)

EMPRENDEDORES: financiar proyectos empresariales promovidos de creación de empresas

OBJETO:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos señalados a continuación y, además, la inversión y gastos subvencionables a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el Instituto, entre 10.000 € y 150.000 € una vez aplicados los módulos correspondientes (Anexo I):

  • Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
  • El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
  • El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.

Los proyectos de inversión de inicio de una nueva actividad promovidos por emprendedores deberán pertenecer a cualquiera de los sectores incluidos en las secciones y divisiones del CNAE 2005 siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Sectores subvencionables. Abre una nueva ventana Sectores subvencionables (103 kbytes)

 

CUANTÍA:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
  • La cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de los criterios de valoración.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
  • El importe total de las ayudas de minimis concedidas conforme la definición de “única empresa”, no excederá el importe establecido en el Reglamento de minimis en vigor (actualmente 300.000 €) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

FERIAS INTERNACIONALES: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de participación en ferias internacionales de las pymes de Castilla y León (solicitudes hasta 31/12/24)

Objeto
Convocar subvenciones destinadas a financiar la participación en ferias y exposiciones internacionales de las pymes de la Comunidad de Castilla y León. Las subvenciones se tramitarán y resolverán en concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación.

Se subvencionan las ferias internacionales celebradas entre el 3 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, ambas fechas incluidas.

 

Clase y cuantía de las subvenciones

  • La subvención será a fondo perdido y su cuantía, con carácter general, será de un 45% sobre los costes subvencionables, con el límite máximo de 200.000 euros por empresa calculados en cualquier período de tres ejercicios fiscales.
  • No obstante, se podrá alcanzar hasta el 60% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los criterios de valoración

 

Plazo solicitudes

Finalizará el 31/12/2024

COMERCIO, FINANCIACION: subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en el marco del Componente 13 «Impulso a la PYME», Inversión 4 «Apoyo al comercio», Programa de modernización del comercio: Fondo tecnológico (FUERA DE PLAZO)

BDNS (Identif.): 719015

Objeto y finalidad:

Financiar inversiones en el marco del Componente 13 “Impulso a la Pyme”, Inversión 4 “Apoyo al Comercio”, Actuación 1.2 “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante dos líneas de ayuda:

  • 1.  Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
  • 2.  Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial., de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

 

Beneficiarios.
  • Personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas y cumplan los requisitos establecidos.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos

 

Proyectos y gastos subvencionables.
  1. Proyectos de nuevas tecnologías, individuales y/o del colectivo de asociados, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (transformación digital).
  2. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, individual y/o del colectivo de asociados, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (transformación del punto de venta).
  3. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla, es decir, el transporte final de una mercancía (cadena de suministro y trazabilidad).
  4. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (sostenibilidad y economía circular).

Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, estén relacionados con el/los proyecto/s objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable que se extenderá desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 15 de octubre de 2023, ambos inclusive, y que se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.

 

Cuantía
  • La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitantes, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante.
  • No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.

 

📆 Plazo de presentación de solicitudes hasta el 20/10/2023

Más información y tramitación

FINANCIAR, INVERSIÓN: subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). FUERA DE PLAZO

CONSULTA BDNS: 709286

BENEFICIARIOS

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados en esta convocatoria

 

OBJETO

  • Facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.
  • Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad. En cada convocatoria se especificarán aquellos costes o gastos subvencionables que pueden consistir en la adquisición de activos fijos materiales e inmateriales y los gastos que sean necesarios para el proyecto, que consistan en:
    • a) Obra civil y adquisición de bienes inmuebles
    • b) Bienes de equipo
    • c) Los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos
    • d) Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos  informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, utensilios necesarios para prestación del servicio, etc.
    • e) Otras inversiones en activos inmateriales, consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados
    • f) Los gastos notariales y registrales para la constitución de la sociedad.
    • g) Los gastos de consultoría externa para la elaboración del plan de empresa necesario para la puesta en marcha de la nueva actividad.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 10/08/2023 y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.