¿Quién lo puede solicitar?
Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Requisitos de los proyectos
Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos señalados a continuación y, además, la inversión y gastos subvencionables a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el Instituto, entre 10.000 € y 150.000 € una vez aplicados los módulos correspondientes (Anexo I):
- Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto.
- El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
- El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida.
Anexo I: Módulos para determinar la inversión subvencionables (174 kbytes)
¿Para qué es la ayuda?:
Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.
Los proyectos de inversión de inicio de una nueva actividad promovidos por emprendedores deberán pertenecer a cualquiera de los sectores incluidos en las secciones y divisiones del CNAE 2025 siguientes:
Sectores subvencionables (103 kbytes)
Cuantía:
- La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
- La cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 35% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de los criterios de valoración.
- El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
- El importe total de las ayudas de minimis concedidas conforme la definición de “única empresa” no excederá de trescientos mil euros (300.000 €) durante el periodo de los últimos tres años previos a la concesión.
- Se admiten como subvencionables los gastos realizados desde el 01/01/2026




