AUTOEMPLEO: subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Castilla y León para el año 2025 (solicitudes hasta el 15/09/25)

BDNS (Identif.): 851348
Beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y:se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 03/08/2024 y el día 01/09/2025, ambos inclusive.

 

Cuantía:

La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:

  1. Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 6.000 € (8.000€ si es mujer). Esta cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas.
  2. En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
  3. La acreditación de cursos de formación relacionados con la dirección y gestión empresarial y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €

Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones.

Plazo de presentación:
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 15/09/25

CONTRATACION: subvenciones, cofinanciadas por el FSE+, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en CyL para el año 2025 (solicitudes hasta el 15/09/25)

BDNS (Identif.): 851352

Objeto.

Fomentar el empleo estable por cuenta ajena en Castilla y León a través de 4 programas:

 

Beneficiarios

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en los Programas I, III y IV: los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, con centro de trabajo en Castilla y León.
  • Por su parte, podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en el Programa II los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas) establecidos en Castilla y León

VOLVER CYL: Ayudas para autoempleo

Vuelve a desarrollar tu vida laboral en CyL

 

El Convenio, firmado el 26 de mayo de 2025, entre la Junta de Castilla y León, el Consejo de Cámaras de Castilla y León y CEOE Castilla y León tiene como principales objetivos la difusión, publicidad y captación de trabajadores, con la finalidad de favorecer su regreso, en una medida que persigue luchar contra la despoblación, fomentar el arraigo familiar y dar respuesta a la demanda de trabajadores de las empresas de nuestra Comunidad. Este Convenio, que da continuidad al anterior, es el punto de partida para poner en marcha la maquinaria que permita conectar oferta y demanda, y su objetivo principal es facilitar el retorno a la Comunidad Autónoma a aquellos castellanos y leoneses residentes en el exterior que lo deseen.

Para llevar a cabo este Programa de Retorno del Talento identificado como “Volver Castilla y León”, la Junta de Castilla y León subvencionará con 5.000 euros a cada castellano y leonés oriundo en el exterior que quiera retornar para ponerse al frente como autónomo de un negocio que se transfiera o crear una empresa con un proyecto de negocio viable, con centro de trabajo en Castilla y León y se comprometa a continuar con la actividad durante ese plazo de un año. Se trata de ayudas al autoempleo de castellanos y leoneses compatibles con otras ayudas al retorno.

 

Requisitos de autónomos:

  • Ser ciudadano procedente de Castilla y León que retorne a nuestra Comunidad desde el extranjero o desde otra Comunidad Autónoma.
  • Y, además, darse de alta como autónomo para crear una empresa con un proyecto de negocio o hacerse cargo de un negocio que se transfiera con centro de trabajo en Castilla y León.

 

Información e inscripción de autónomos:

Los ciudadanos que se den de alta como autónomos, que reúnan los requisitos, deberán remitir la documentación solicitada para acreditar su condición de castellano y leonés oriundo o procedente de Castilla y León y su retorno, según el caso, junto a la ficha o formulario de inscripción, su alta de autónomo, un proyecto de negocio y documentación justificativa de residencia en Castilla y León, además de su Certificado de empadronamiento. Puede acceder aquí a la información e inscripción y remitirlo junto a la documentación justificativa al siguiente correo electrónico:

retornocastillayleon@cocicyl.es
Importe de la ayuda y compromiso:

5.000€ por alta de autónomo con un proyecto de negocio y un compromiso de duración de al menos un año.

 

Objetivos:
  • Impulsar el retorno del Talento a Castilla y León.
  • Facilitar el retorno a nuestra Comunidad de aquellos castellanos y leoneses que deseen retornar desde el exterior.
  • Fomentar el arraigo familiar y luchar contra la despoblación.
  • Conectar oferta y demanda según las necesidades de las empresas.

 

Institución y período de ejecución:

El Consejo de Cámaras de Comercio de Castilla y León es la institución que canaliza dichas ayudas directamente con las empresas que cumplan los requisitos por orden de entrada dentro del período comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025 como máximo o hasta la fecha en la que se hayan agotado las ayudas.

Para más información: 
📩retornocastillayleon@cocicyl.es

EMPRENDEDORES: financiar proyectos empresariales promovidos de creación de empresas

OBJETO:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos señalados a continuación y, además, la inversión y gastos subvencionables a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el Instituto, entre 10.000 € y 150.000 € una vez aplicados los módulos correspondientes (Anexo I):

  • Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
  • El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
  • El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.

Los proyectos de inversión de inicio de una nueva actividad promovidos por emprendedores deberán pertenecer a cualquiera de los sectores incluidos en las secciones y divisiones del CNAE 2005 siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Sectores subvencionables. Abre una nueva ventana Sectores subvencionables (103 kbytes)

 

CUANTÍA:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
  • La cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de los criterios de valoración.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
  • El importe total de las ayudas de minimis concedidas conforme la definición de “única empresa”, no excederá el importe establecido en el Reglamento de minimis en vigor (actualmente 300.000 €) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

RESUMEN SUBVENCIONES EMPRENDIMIENTO

 

FUERA DE PLAZO

AUTOEMPLEO, GARANTIA JUVENIL: Subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo de jóvenes inscritos en el SNGJ con titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior (2024)

OBJETO:

Convocar para el año 2024, en régimen de concesión directa, las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), en el territorio de Castilla y León, dirigidas a fomentar el autoempleo de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Jóvenes personas físicas, titulados universitarios o con formación profesional de grado medio o superior, incluidos aquellos que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica que se establezcan por cuenta propia, y cumplan los requisitos.

El solicitante de la subvención deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Haberse dado de alta como trabajador autónomo en el RETA  o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, entre el día 3 de octubre de 2023 y el día 2 de agosto de 2024, ambos inclusive.
  • Estar inscrito como beneficiario en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos establecidos en la normativa estatal que lo regula, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
  • Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.

CUANTÍA:

El importe de la subvención será de 8.000 €

 

PLAZO DE SOLICITUDES:

Hasta el 12 de agosto de 2024

AUTONOMOS, EMPRENDEDORES: subvenciones para la consolidación del trabajo autónomo mediante el pago de las cuotas de la Seguridad Social (Tarifa 0) (solicitudes hasta el 29/08/24)

OBJETO:

Convocar, en régimen de concesión directa, las subvenciones para el año 2024 dirigidas al fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad de Castilla y León mediante la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que hayan estado acogidos a los «Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo» de los apartados 1 y 3 de los artículos 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo (derogados con efectos de 1  enero de 2023, por la disposición derogatoria única a), del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por lo que ha de tenerse en cuenta para la aplicación transitoria de los beneficios de cotización establecidos en dichos artículos, la disposición transitoria tercera del citado Real Decreto Ley).

De igual manera, esta ayuda se aplicará a aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que no hayan estado acogidas a los incentivos recogidos en el párrafo anterior durante el periodo para el que solicitan la subvención, bien sean menores de 35 años; personas con discapacidad igual o superior al 33%; o personas en riesgo o situación de exclusión social que se encuentren dentro de los colectivos recogidos en el artículo 3 del Decreto 34/2007,de 12 de abril, por el que se regula el procedimiento de calificación de las empresas de inserción laboral y se crea su registro administrativo, con el objeto de proporcionar tanto a los jóvenes, como a aquellas personas con especial dificultad una segunda oportunidad que les permita volver a emprender.

Asimismo, la ayuda se dirige a las mujeres trabajadoras que cesaron su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y se reincorporan a la actividad profesional mediante la realización de una actividad por cuenta propia.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: 

Hasta el 29 de agosto de 2024

FINANCIAR, INVERSIÓN: subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). FUERA DE PLAZO

CONSULTA BDNS: 709286

BENEFICIARIOS

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados en esta convocatoria

 

OBJETO

  • Facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.
  • Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad. En cada convocatoria se especificarán aquellos costes o gastos subvencionables que pueden consistir en la adquisición de activos fijos materiales e inmateriales y los gastos que sean necesarios para el proyecto, que consistan en:
    • a) Obra civil y adquisición de bienes inmuebles
    • b) Bienes de equipo
    • c) Los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos
    • d) Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos  informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, utensilios necesarios para prestación del servicio, etc.
    • e) Otras inversiones en activos inmateriales, consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados
    • f) Los gastos notariales y registrales para la constitución de la sociedad.
    • g) Los gastos de consultoría externa para la elaboración del plan de empresa necesario para la puesta en marcha de la nueva actividad.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 10/08/2023 y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

COMERCIO, DIGITALIZACIÓN: Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio (2022) (FUERA DE PLAZO)

Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.

 

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:

I. La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.

II. Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

III. Ambas a la vez.

Serán susceptibles de financiación los gastos ejecutados entre el 1 de junio del 2021 y el 31 de marzo de 2022, ambos inclusive.

 

Plazo solicitudes

Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 18 de abril de 2022

PLATAFORMA FINANCIERA JCYL

La Plataforma Financiera de Castilla y León es una herramienta permanente de colaboración público- privada entre la Junta de Castilla y León y las principales entidades financieras que operan en el territorio autonómico, constituida para facilitar el acceso a la financiación a todos los proyectos empresariales viables que pretendan desarrollarse en la Comunidad. Está gestionada por el Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE).

Atienden las necesidades de circulante o inversión mediante un amplio catálogo de productos financieros, tanto de naturaleza pública como privada, a través de los instrumentos que conforman la Plataforma Financiera, entre los que se incluyen los propios de la Junta de Castilla y León, de las sociedades del perímetro del ICE ( Sodical e  Iberaval ), de las 18 entidades financieras que han suscrito un convenio de colaboración, y de otros entes y organismos de ámbito nacional e internacional, como el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo , ENISA , AXIS , COFIDES , ICO ,  BEI y  Plan Juncker .