RESUMEN SUBVENCIONES EMPRENDIMIENTO

 

FUERA DE PLAZO

CONTRATACION: subvenciones, cofinanciadas por el FSE+, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en CyL para el año 2024 (solicitudes hasta el 12/08/24)

Objeto.

Convocar para el año 2024, en régimen de concesión directa, las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE+), dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena en el territorio de Castilla y León, a través de los siguientes programas:

 

Beneficiarios
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica que cumplan los requisitos correspondientes.

AUTOEMPLEO, GARANTIA JUVENIL: Subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo de jóvenes inscritos en el SNGJ con titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior (2024)

OBJETO:

Convocar para el año 2024, en régimen de concesión directa, las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), en el territorio de Castilla y León, dirigidas a fomentar el autoempleo de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Jóvenes personas físicas, titulados universitarios o con formación profesional de grado medio o superior, incluidos aquellos que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica que se establezcan por cuenta propia, y cumplan los requisitos.

El solicitante de la subvención deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Haberse dado de alta como trabajador autónomo en el RETA  o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, entre el día 3 de octubre de 2023 y el día 2 de agosto de 2024, ambos inclusive.
  • Estar inscrito como beneficiario en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos establecidos en la normativa estatal que lo regula, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
  • Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.

CUANTÍA:

El importe de la subvención será de 8.000 €

 

PLAZO DE SOLICITUDES:

Hasta el 12 de agosto de 2024

AUTOEMPLEO: subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Castilla y León para el año 2024 (solicitudes hasta el 12/08/24)

Beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y:

  • se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 03/10/2023 y el día 2/08/2024, ambos inclusive.
  • estar desempleado e inscrito en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo, no ocupado, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, salvo en el supuesto en que el solicitante sea una persona emigrante castellano y leonesa retornada, cuyo retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, en cuyo caso, deberá cumplir únicamente el requisito de estar desempleado el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

 

Acciones subvencionables:
  • Inicio de una actividad económica por cuenta propia. Será requisito indispensable que la persona solicitante acredite la realización de unos gastos, así como el pago de los mismos, por cuantía no inferior a 2.000 €, sin incluir IVA, o, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes.
  • La contratación de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad económica, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga
  • La realización de cursos de formación relacionados con la dirección y gestión empresarial y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación

 

Cuantía:

La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:

  1. Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 5.000 €. Esta cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas.
  2. En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
  3. La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.

Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones.

Plazo de presentación:
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 12/08/24

AUTONOMOS, EMPRENDEDORES: subvenciones para la consolidación del trabajo autónomo mediante el pago de las cuotas de la Seguridad Social (Tarifa 0) (solicitudes hasta el 29/08/24)

OBJETO:

Convocar, en régimen de concesión directa, las subvenciones para el año 2024 dirigidas al fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad de Castilla y León mediante la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que hayan estado acogidos a los «Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo» de los apartados 1 y 3 de los artículos 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo (derogados con efectos de 1  enero de 2023, por la disposición derogatoria única a), del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por lo que ha de tenerse en cuenta para la aplicación transitoria de los beneficios de cotización establecidos en dichos artículos, la disposición transitoria tercera del citado Real Decreto Ley).

De igual manera, esta ayuda se aplicará a aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que no hayan estado acogidas a los incentivos recogidos en el párrafo anterior durante el periodo para el que solicitan la subvención, bien sean menores de 35 años; personas con discapacidad igual o superior al 33%; o personas en riesgo o situación de exclusión social que se encuentren dentro de los colectivos recogidos en el artículo 3 del Decreto 34/2007,de 12 de abril, por el que se regula el procedimiento de calificación de las empresas de inserción laboral y se crea su registro administrativo, con el objeto de proporcionar tanto a los jóvenes, como a aquellas personas con especial dificultad una segunda oportunidad que les permita volver a emprender.

Asimismo, la ayuda se dirige a las mujeres trabajadoras que cesaron su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y se reincorporan a la actividad profesional mediante la realización de una actividad por cuenta propia.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: 

Hasta el 29 de agosto de 2024

EMPRENDEDORES: financiar proyectos empresariales promovidos de creación de empresas

OBJETO:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos señalados a continuación y, además, la inversión y gastos subvencionables a ejecutar debe estar valorada como subvencionable por el Instituto, entre 10.000 € y 150.000 € una vez aplicados los módulos correspondientes (Anexo I):

  1. Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
  2. El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
  3. El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.

 

CUANTÍA:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
  • La cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de los criterios de valoración.
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
  • El importe total de las ayudas de minimis concedidas conforme la definición de “única empresa”, no excederá el importe establecido en el Reglamento de minimis en vigor (actualmente 200.000 €) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

FINANCIAR, INVERSIÓN: subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

CONSULTA BDNS: 709286

BENEFICIARIOS

Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados en esta convocatoria

 

OBJETO

  • Facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.
  • Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad. En cada convocatoria se especificarán aquellos costes o gastos subvencionables que pueden consistir en la adquisición de activos fijos materiales e inmateriales y los gastos que sean necesarios para el proyecto, que consistan en:
    • a) Obra civil y adquisición de bienes inmuebles
    • b) Bienes de equipo
    • c) Los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos
    • d) Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos  informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, utensilios necesarios para prestación del servicio, etc.
    • e) Otras inversiones en activos inmateriales, consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados
    • f) Los gastos notariales y registrales para la constitución de la sociedad.
    • g) Los gastos de consultoría externa para la elaboración del plan de empresa necesario para la puesta en marcha de la nueva actividad.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 10/08/2023 y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

COMERCIO, DIGITALIZACIÓN: Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio (2022) (FUERA DE PLAZO)

Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.

 

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:

I. La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.

II. Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

III. Ambas a la vez.

Serán susceptibles de financiación los gastos ejecutados entre el 1 de junio del 2021 y el 31 de marzo de 2022, ambos inclusive.

 

Plazo solicitudes

Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 18 de abril de 2022

PLATAFORMA FINANCIERA JCYL

La Plataforma Financiera de Castilla y León es una herramienta permanente de colaboración público- privada entre la Junta de Castilla y León y las principales entidades financieras que operan en el territorio autonómico, constituida para facilitar el acceso a la financiación a todos los proyectos empresariales viables que pretendan desarrollarse en la Comunidad. Está gestionada por el Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE).

Atienden las necesidades de circulante o inversión mediante un amplio catálogo de productos financieros, tanto de naturaleza pública como privada, a través de los instrumentos que conforman la Plataforma Financiera, entre los que se incluyen los propios de la Junta de Castilla y León, de las sociedades del perímetro del ICE ( Sodical e  Iberaval ), de las 18 entidades financieras que han suscrito un convenio de colaboración, y de otros entes y organismos de ámbito nacional e internacional, como el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo , ENISA , AXIS , COFIDES , ICO ,  BEI y  Plan Juncker .