RELEVACYL AUTOEMPLEO: SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DEL RELEVO EN LA ACTIVIDAD POR CUENTA PROPIA EN CYL, CON ESPECIAL ATENCIÓN AL IMPULSADO POR MUJERES AUTÓNOMAS (2026)

Objeto

Convocar, en régimen de concesión directa, las subvenciones para el año 20265 destinadas al fomento del relevo en la actividad por cuenta propia en Castilla y León, con especial atención al impulsado por mujeres autónomas

 

¿Quién lo puede solicitar?

  • Las personas trabajadoras autónomas que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional y cumplan con los criterios establecidos en la convocatoria.
  • Solo se podrá obtener la condición de beneficiario en una convocatoria.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • a) Cotizar como persona física en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) dentro del sistema de la Seguridad Social.
  • b) Hallarse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
  • c) Tener domicilio fiscal en Castilla y León.
  • d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma o, en su caso, la exención de dicha obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • f) Estar empadronado en un municipio de Castilla y León.

Asimismo, no podrán tener la condición de beneficiarias de la subvención las personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Igualmente, no podrá tener la condición de beneficiario de la subvención quien no cuente con un plan de igualdad, si están obligados a ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

 

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención a percibir por persona beneficiaria será de 10.000 euros
  • La cuantía máxima serán 20.000 euros en algunos supuestos: municipio entre 1000 y 5000 hab., mujer o persona menor de 35 años

INVERSIÓN: subvenciones públicas dirigidas a la realización de inversiones para la mejora de los lugares de trabajo en los centros de trabajo de Castilla y León (solicitudes hasta 27/02/26)

Objeto
Convocar para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a financiar inversiones en los lugares de trabajo de los centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de los trabajadores de Castilla y León.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 28/01/26 al 27/02/26

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN DE ACCIONES QUE CONTRIBUYAN AL BIENESTAR LABORAL EN CENTROS DE TRABAJO (AÑO 2026)

OBJETO:

Convocar para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a la realización de acciones que contribuyan al bienestar laboral de los trabajadores en los centros de trabajo de Castilla y León.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las acciones objeto de la subvención, quedando excluidas todas las entidades del Sector Público

 

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 28/01/26 al 27/02/26

RESUMEN SUBVENCIONES DIGITALIZACION

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Subvenciones para adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud (2026)

OBJETO:

Convocar para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a la adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo en centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar sus condiciones de seguridad y salud laboral.

 

PLAZO SOLICITUDES:

Del 28/01/26 al 27/02/26

FINANCIACION: Subvenciones para la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León (2026)

OBJETO:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones con la finalidad apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León. Se pretende mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.

 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Empresas industriales y empresarios autónomos industriales, de carácter privado, que cumplan los requisitos de Pyme, que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.

 

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 12 de enero de 2026 hasta el 12 de febrero de 2026

CIBERSEGURIDAD, INDUSTRIA: subvenciones para el año 2026 dirigidas a impulsar la ciberseguridad industrial en Castilla y León (solicitudes hasta 12/02/26)

Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a impulsar la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León para el año 2026, con la finalidad de promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos de Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León, así como proteger contra las amenazas y riesgos relacionados con la seguridad digital, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en hardware y software en esta materia.

 

Beneficiarios

Empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas, cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León, y cumplan los requisitos.

 

Plazo de solicitudes

Desde el 12 de enero de 2026 hasta el 12 de febrero de 2026

RESUMEN SUBVENCIONES A LA INVERSIÓN

FUERA DE PLAZO

XVIII EDICIÓN PREMIOS COMERCIO TRADICIONAL CYL (Solicitudes del 30/10 hasta 16/11/25)

Objeto:

Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la «XVIII Edición de los Premios de Comercio Tradicional de la Comunidad de Castilla y León», con el fin de reconocer y premiar la buena gestión en el ámbito de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas castellanas y leonesas del sector, las buenas prácticas comerciales que hayan podido implementar, así como el desarrollo y modernización de su empresa mediante la innovación y las nuevas tecnologías

 

Fecha de publicación:

29 de octubre de 2025

 

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán optar a los premios las PYMES con domicilio social en Castilla y León, dedicadas al comercio minorista y que se encuentren dadas de alta, al menos, en los epígrafes 64, 65 y 66 del impuesto de actividades económicas, o en la división 47 de la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009).

No podrán ser candidatos aquéllos que hubieran obtenido algún «Premio al Comercio Tradicional de Castilla y León» en alguna de las últimas 5 ediciones de estos premios

Presentación solicitudes

Desde el 30 de octubre de 2025 hasta el 16 de noviembre de 2025

AUTOEMPLEO: subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Castilla y León para el año 2025 (solicitudes hasta el 15/09/25)

BDNS (Identif.): 851348
Beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y:se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 03/08/2024 y el día 01/09/2025, ambos inclusive.

 

Cuantía:

La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:

  1. Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 6.000 € (8.000€ si es mujer). Esta cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas.
  2. En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
  3. La acreditación de cursos de formación relacionados con la dirección y gestión empresarial y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €

Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones.

Plazo de presentación:
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 15/09/25