CONTRATACION: subvenciones, cofinanciadas por el FSE+, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en CyL para el año 2024 (solicitudes hasta el 12/08/24)

Objeto.

Convocar para el año 2024, en régimen de concesión directa, las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE+), dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena en el territorio de Castilla y León, a través de los siguientes programas:

 

Beneficiarios
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica que cumplan los requisitos correspondientes.

AUTONOMOS, CONTRATACION: subvenciones destinadas a fomento de la contratación indefinida ordinaria del 1º trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia (2024) (solicitudes hasta el 12/08/24)

Beneficiarios:

Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas) establecidos en Castilla y León.

 

Acciones subvencionables:

Serán subvencionables las contrataciones que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 3 de octubre de 2023 y 2 de agosto de 2024, ambos inclusive. La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

■ Jóvenes menores de 30 años
■ Personas desempleadas de larga duración
■ Personas mayores de 45 años de edad con responsabilidades familiares
■ Mujeres
■ Personas con discapacidad igual o superior al 33 %
■ Personas en riesgo de exclusión social, así como las víctimas de terrorismo
■ Personas inmigrantes
■ Personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo
■ Emigrantes castellanas y leonesas retornadas del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación

 

Cuantía:

La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de:
A) 5.500 euros si, en la fecha en que se inicia la contratación, el trabajador contratado pertenece a alguno de los siguientes colectivos:
– Jóvenes menores de 30 años de edad.
– Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el periodo de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el periodo de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.
– Personas mayores de 45 años de edad con responsabilidades familiares. Se entenderán como responsabilidades familiares, a estos efectos, que convivan en su domicilio y a cargo del trabajador: el cónyuge, hijos menores de 26 años de edad, hijos con discapacidad o menores de 18 años de edad acogidos.
– Mujeres.
– Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
– Personas en riesgo de exclusión social, entendiendo por tales: beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía, del Ingreso Mínimo Vital o de otras prestaciones económicas que se determinen en la convocatoria, así como las víctimas de terrorismo.
– Personas inmigrantes.
– Personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo.
La cuantía prevista no es acumulable si el trabajador pertenece a más de uno de los colectivos citados en este apartado.

B) 6.000 euros, para el caso en que, en la fecha de inicio de la contratación, el trabajador contratado sea emigrante castellano y leonés retornado del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación.

Las cuantías previstas en los apartados A) y B) no serán acumulables entre sí, si se da más de una de las circunstancias indicadas.

Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas

Plazo de presentación:
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 12/08/24

CONTRATACIÓN: subvenciones dirigidas a la recuperación del empleo de los trabajadores en la comunidad de CyL (2023) (solicitudes hasta 16/10/23)

Beneficiarios

  • Personas físicas o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, que formalicen las contrataciones descritas en las bases reguladoras, para prestar servicios en centros de trabajo, con personas que cumplan los requisitos.
  • Se excluyen como beneficiarios de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público y entidades sin ánimo de lucro.

 

Objeto

Convocar para el año 2023, en régimen de concesión directa, las subvenciones dirigidas a la recuperación del empleo de los trabajadores en Castilla y León, consistente en fomentar la formalización de contratos indefinidos por parte de empresas de Castilla y León con:

  • trabajadores desempleados cuya situación de desempleo provenga de un ERE de extinción de la relación laboral,
  • de la finalización de un contrato laboral con una empresa en la que hayan estado más de 180 días en un ERTE durante el año anterior a dicha finalización,
  • o de una situación de movilidad geográfica a otro centro de trabajo, distinto a aquél en el que el trabajador desarrollaba sus actividades, y dicho trabajador opte por la extinción de su contrato laboral.

 

Plazo de presentación.

El plazo de presentación es hasta el 16/10/23.