AUTONOMOS: Se convocan las subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras comunidades autónomas (solicitudes hasta el 30/09/24)

Objeto

Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones para el año 2024, para contribuir al desarrollo económico mediante el fomento del empleo autónomo, facilitando el establecimiento de trabajadores autónomos que trasladen su actividad a Castilla y León desde cualquier otra comunidad autónoma, consolidando sus negocios en nuestro territorio.

 

Solicitudes

  • Las solicitudes se resolverán por orden de entrada desde que el expediente esté completo. Se entenderá que un expediente está completo cuando contenga toda la documentación e informaciones previstas.
  • Plazo de solicitudes hasta el 30/09/24

 

Cuantía 

La cuantía de la subvención a percibir por cada trabajador por cuenta propia será de 6.000 euros.
Dicha cuantía se podrá incrementar:
–  En 1.000 euros si se establece en un municipio de menos de 5.000 habitantes, o bien en 2.000 euros si el municipio es de menos de 2.000 habitantes, siempre que diste en ambos casos, más de 15 km. de una capital de provincia
– en ambos casos se podrá incrementar en otros 2.000 euros si la persona beneficiaria es joven menor de 35 años en la fecha de presentación de la solicitud.

AUTONOMOS, EMPRENDEDORES: subvenciones para la consolidación del trabajo autónomo mediante el pago de las cuotas de la Seguridad Social (Tarifa 0) (solicitudes hasta el 29/08/24)

OBJETO:

Convocar, en régimen de concesión directa, las subvenciones para el año 2024 dirigidas al fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad de Castilla y León mediante la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que hayan estado acogidos a los «Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo» de los apartados 1 y 3 de los artículos 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo (derogados con efectos de 1  enero de 2023, por la disposición derogatoria única a), del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por lo que ha de tenerse en cuenta para la aplicación transitoria de los beneficios de cotización establecidos en dichos artículos, la disposición transitoria tercera del citado Real Decreto Ley).

De igual manera, esta ayuda se aplicará a aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que no hayan estado acogidas a los incentivos recogidos en el párrafo anterior durante el periodo para el que solicitan la subvención, bien sean menores de 35 años; personas con discapacidad igual o superior al 33%; o personas en riesgo o situación de exclusión social que se encuentren dentro de los colectivos recogidos en el artículo 3 del Decreto 34/2007,de 12 de abril, por el que se regula el procedimiento de calificación de las empresas de inserción laboral y se crea su registro administrativo, con el objeto de proporcionar tanto a los jóvenes, como a aquellas personas con especial dificultad una segunda oportunidad que les permita volver a emprender.

Asimismo, la ayuda se dirige a las mujeres trabajadoras que cesaron su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y se reincorporan a la actividad profesional mediante la realización de una actividad por cuenta propia.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: 

Hasta el 29 de agosto de 2024

MISION COMERCIAL A CHILE y/o COLOMBIA (28 de septiembre al 4 de octubre de 2024)

 

 

MISION COMERCIAL A CHILE y/o COLOMBIA

(28 de septiembre al 4 de octubre de 2024)

Cofinanciado (60%) por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

ORGANIZA  CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE LEON
 INFORMACION Se trata de una misión comercial directa, con elaboración de agenda de entrevistas, a dos de los mercados más dinámicos e interesantes para las empresas españolas, en América.

Las empresas pueden participar en los dos mercados o en uno sólo, a su elección

La misión comercial cuenta con la colaboración de la Oficina Comercial de la Embajada de España en Chile y con la Cámara Española de Comercio en Colombia, que se encargarán de la preparación de las agendas de trabajo individuales para las empresas participantes.

Cada empresa inscrita en esta misión dispondrá de una agenda de trabajo individual con potenciales clientes, empresas y organismos de cada país, elaboradas de forma consensuada entre la empresa exportadora y la Oficina Comercial y/o Cámara de Comercio.

SECTORES MULTISECTORIAL

Número máximo de empresas admisibles: 6

PLAZO ADMISIÓN DE SOLICITUDES INSCRIPCION: del día 18 de abril a las 09:00 horas, hasta el 15 de julio de 2024, a las 14:00 h.

 Inscripción a través del siguiente enlace.

https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000005334

 

 La convocatoria está abierta a las empresas de Castilla y León

COSTE PARA LAS EMPRESAS  COSTE: Vuelo a Chile, Colombia y vuelta 1376€. Tres noches de hotel en Santiago de Chile 340€. Dos noches de hotel en Bogotá 250€. Agenda de entrevistas en Chile 635€. Agenda de entrevistas en Colombia 800 €..

Los traslados comunes aeropuerto-hotel-aeropuerto y el seguro de viaje no son subvencionables

La cuantía máxima de la ayuda por empresa beneficiaria (con un sólo viajero) asciende a:

2183,55 €, correspondiente al 60% de la cofinanciación de FEDER de los gastos de transporte, alojamiento/manutención y agendas viajando a los dos países, siendo el 40% restante aportado por la empresa beneficiaria,quien  deberá prefinanciar dichos gastos.

1467.15 €, correspondiente al 60% de la cofinanciación de FEDER de los gastos de transporte, alojamiento/manutención y agenda viajando sólo a Chile , siendo el 40% restante aportado por la empresa beneficiaria, quien deberá  prefinanciar dichos gastos.

1437,00€, correspondiente al 60% de la cofinanciación de FEDER de los gastos de transporte, alojamiento/manutención y agenda viajando sólo a Colombia, siendo el 40% restante aportado por la empresa beneficiaria, quien deberá prefinanciar dichos gastos.

La cuantía máxima de la ayuda por empresa (con dos viajeros) asciende a:

3.505,95 €, viajando a los dos países, 2.553,15€ viajando sólo a Chile y 2.394,00€ viajando sólo a Colombia. siendo el 40% restante aportado por la empresa beneficiaria, quien deberá prefinanciar dichos gastos.

La Cámara de Comercio de León tramitará (finalizada la misión) la obtención de la subvención anteriormente citada. Esta cofinanciación proviene del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.
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INFORMACIÓN

INSCRIPCION

 Tel 987 224400   / adepaz@camaraleon.com  /  Att: Alberto de Paz

https://camaraleon.com/mision-comercial-a-chile-y-colombia-28-de-septiembre-al-4-de-octubre-de-2024/

https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000005334

MISION COMERCIAL DIRECTA TASTY WINES A SINGAPUR 2024   (4 al 6 de noviembre 2024)

 

 

MISION COMERCIAL DIRECTA TASTY WINES A SINGAPUR 2024  
DEL 4 al 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

Cofinanciado (60%) por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

ORGANIZA CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE LEON
 INFORMACION Se trata de una misión comercial directa, con elaboración de agenda de entrevistas, y catas de vinos con importadores, a Singapur, en un evento de 3 días con asistencia de importadores de países del sudeste asiático. (Vietnam, Tailandia, China, Taiwán, Hong Kong, Filipinas, Indonesia, Malasia, Corea y Camboya

La misión comercial cuenta con la colaboración de la consultora especializada en promoción de vinos en el exterior BREAK EVENTS GROUP   que se encargará de la preparación de las agendas de trabajo individuales para las empresas participantes y de la organización del evento.

INCLUYE: Reuniones en sala individual acondicionada para catas, envío de 24 botellas de muestra, presentación en el catálogo en línea, acceso a perfiles y necesidades detallados de todos los importadores, hasta 20 reuniones y su planificación programada por adelantado, 2 almuerzos de trabajo con los importadores, 1 cóctel de trabajo con los importadores.

SECTORES BODEGAS Y EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE VINO
PLAZO ADMISIÓN DE SOLICITUDES Del 7 de mayo a las 9:00 horas al 30 de septiembre a las 14 horas

 Inscripción a través del siguiente enlace:

https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000005378

 La convocatoria está abierta a las empresas del sector, de Castilla y León

COSTE PARA LAS EMPRESAS Vuelo (1088€) tres noches de hotel, agenda de entrevistas, catas, almuerzos de trabajo y cocktail (5450 €)  

 La Cámara de Comercio de León gestionará (finalizada la misión) la obtención de una subvención del 60% de los costes antes citados. Esta cofinanciación proviene del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

INFORMACIÓN

INSCRIPCION

https://camaraleon.com/mision-comercial-tastywines-singapur-2024-4-6-de-noviembre-de-2024/

Más información:  adepaz@camaraleon.com

https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000005378

MISION COMERCIAL A POLONIA 2024 (14-18 de octubre de 2024)

 

 

MISION COMERCIAL A POLONIA

(14-18 de octubre de 2024)

Cofinanciado (60%) por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

ORGANIZA  CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE LEON
 INFORMACION Se trata de una misión comercial directa, con elaboración de agenda de entrevistas, a uno de los mercados más interesantes de la Unión Europea. Polonia es un mercado de 36 millones de habitantes

La misión comercial cuenta con la colaboración de la Oficina Comercial Española en Varsovia, que se encargará de la preparación de las agendas de trabajo individuales para las empresas participantes.

Cada empresa inscrita en esta misión dispondrá de una agenda de trabajo individual con potenciales clientes, empresas y organismos del país , elaborada de forma consensuada entre la empresa exportadora y la citada Oficina Comercial.

SECTORES MULTISECTORIAL

Número máximo de empresas admisibles: 6

PLAZO ADMISIÓN DE SOLICITUDES INSCRIPCION: del día 9 de abril a las 09:00 horas, hasta el 30 de junio de 2024, a las 14:00 h.

 Inscripción a través del siguiente enlace

 

: https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000005299

 

 La convocatoria está abierta a las empresas de Castilla y León

COSTE PARA LAS EMPRESAS  COSTE: 1810, 20 € (iva incluido) .  Incluye Vuelo, tres noches de hotel y agenda de entrevistas individualizada (2.749,20 en el caso de empresa con un segundo acompañante, que se admitirá hasta agotar presupuesto)

Los traslados comunes aeropuerto-hotel-aeropuerto 25€ y el seguro de viaje 36,50 € no son subvencionables

La Cámara de Comercio de León tramitará (finalizada la misión) la obtención de una subvención del 60% del coste anteriormente citado. Esta cofinanciación proviene del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.
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INFORMACIÓN

INSCRIPCION

https://camaraleon.com

 https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000005299 

INVERSIÓN, COMERCIO Y SERVICIOS: Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de Castilla y León 2024

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.

Servicios de proximidad y nueva creación

Se entiende por servicios de proximidad los ofertados al mercado con ánimo de lucro, siempre que se presten directamente al usuario final en un establecimiento abierto al público, con exclusión de los siguientes:
a) Los servicios de carácter financiero, de seguros y de transporte, cualquiera que sea el medio utilizado.
b) El ejercicio de profesiones liberales.
c) Los suministros de agua, gas, electricidad y teléfonos.
d) Los servicios de alojamiento, bares, restaurantes y hostelería en general.
e) Los servicios prestados por empresas de ocio y espectáculos, tales como cines, teatros, circos, parques infantiles y similares.

Se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos en los que se inicie la nueva actividad dentro del periodo subvencionable establecido en la misma, esto es del 1/04/23 al 31/03/24, ambos inclusive, considerando a tal fin como fecha de referencia la de alta que figure en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

 

Proyectos y gastos subvencionables:

  • La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable.
  • O su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • O bien ambas a la vez.
Serán subvencionables los siguientes gastos que estén relacionados con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda ejecutados entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive.

 

Plazo solicitudes

Desde el 27 de mayo de 2024 hasta el 7 de junio de 2024

 

Cuantía de la subvención y criterios de valoración:

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.

RESUMEN SUBV PRL

FUERA DE PLAZO
  • EMPRENDEDORES: Subvenciones públicas dirigidas a la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa.
  • Subvenciones públicas dirigidas al fomento de la formación de trabajadores, empresarios, autónomos, mandos intermedios y delegados de prevención en materia de seguridad y salud laboral.
  • Subvenciones públicas dirigidas a la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa 

TALLER EMPRENDIMIENTO ONLINE

Estimado/a emprendedor/a:

En el marco del programa de emprendimiento que esta Cámara viene desarrollando en colaboración con la Junta de Castilla y León, a través del Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE), le ofrecemos un taller formativo de iniciación al emprendimiento, en formato on line, en el que dispone de un curso básico y otro avanzado sobre los aspectos más relevantes a la hora de poner en marcha su iniciativa empresarial.

Esta acción es gratuita para usted, ya que está financiada por ICE.

 

En caso de estar interesado puede contactar con la Cámara de Comercio de Miranda de Ebro:

CONCURSO: ENCUENTRA EL LOGO QUE SUMA +

DESCRIPCIÓN DEL CONCURSO

El concurso «Encuentra el logo que suma +» invita a todo aquel que quiera participar: personas  asociadas a Disfruta Miranda, clientes y transeúntes a descubrir y capturar la esencia creativa del NUEVO LOGOTIPO de DISFRUTA MIRANDA en nuestros establecimientos adheridos. La dinámica consiste en encontrar el logotipo en el escaparate o interior de cada establecimiento participante, capturar una foto y compartir la imagen.

CÓMO PARTICIPAR

Visita los establecimientos participantes y busca el NUEVO logotipo en sus escaparates o en el interior del local. Captura una fotografía creativa y original del display con el logotipo.

 

Publica la foto en tus redes sociales (Instagram y/o Facebook) con el hashtag #Encuentraellogoquesuma+ y etiqueta al establecimiento y a la cuenta de Disfruta Miranda.

Asegúrate de seguir y etiquetar a la cuenta oficial de la plataforma y de que la foto cumpla con los estándares de calidad y se aprecie bien el logotipo.

 

También puedes participar vía correo electrónico y WhatsApp:

Envía tu fotografía al correo: disfrutamiranda@camaramiranda.com con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda y teléfono

WhatsApp de la Cámara de Comercio de Miranda: +34 600 24 30 70, con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda.

¡En ambos casos no te olvides de incluir el nombre del establecimiento donde está realizada la foto!.

FECHAS DEL CONCURSO

  • El concurso se inicia el viernes 01/03/2024 y finaliza el domingo 31/03/2024.
  • Las participaciones recibidas fuera de este periodo no serán consideradas.

SELECCIÓN GANADORES

  • Entre todas las fotografías recibidas se realizará un sorteo de manera aleatoria, utilizando un generador de números aleatorios, como calcuworld o appsorteos; de esta manera se seleccionarán 10 ganadores/as al azar de la lista de participantes. Es imprescindible ser socio/a de Disfruta Miranda.
  • Las personas ganadoras serán anunciadas el 1 de abril del 2024 a través de las redes sociales de Disfruta Miranda

PREMIOS

  • Se repartirán 10 Premios de 50€ que irán directamente al monedero virtual de la persona premiada para canjearlos en cualquiera o cualesquiera de los establecimientos participantes.
  • Fecha límite para canjear el premio: 30/04/24.

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

Se podrá participar tantas veces que se quiera siempre y cuando el establecimiento sea diferente o la ubicación del logotipo de Disfruta Miranda sea distinta.

Para todas las vías de participación:

  • Captura una foto del display con el logotipo, si puede ser creativa y original mejor.
  • Asegúrate de que la foto cumple con estándares de calidad y se aprecie bien el logotipo.

 

Se deben cumplir todos los criterios:

Redes sociales

  • Publica la foto en tus redes (Instagram/Facebook) con el hashtag #Encuentraellogoquesuma+. ¡Etiqueta al establecimiento y a @disfrutamiranda!
  • Sigue a la cuenta oficial de Disfruta Miranda.

 

Email

  • Envía la foto a disfrutamiranda@camaramiranda.com con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda y tu teléfono
  • Nombra el establecimiento donde está realizada la foto

 

WhatsApp

  • Envía la foto al 600243070 con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda
  • Nombra el establecimiento donde está realizada la foto

USO FOTOGRAFÍAS

Al participar, los concursantes otorgan el permiso para que la plataforma de Disfruta Miranda comparta y utilice las fotos con fines promocionales de la campaña de fidelización del consumo local.

CONSIDERACIONES FINALES

  • La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases.
  • La plataforma se reserva el derecho de realizar cambios en las bases si fuera necesario.

PROTECCIÓN DE DATOS Y BIOMETRÍA NOVEDADES 2023-24

INFORMACIÓN FACILITADA POR NUESTRO ASOCIADO AL CLUB CÁMARA SOFT 5

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el 23 de noviembre de 2023 una guía sobre el uso de sistemas biométricos para el control de presencia y acceso con fines laborales y fuera del ámbito laboral y establece que los sistemas biométricos se consideran un tratamiento de datos de alto riesgo, tanto para identificación como para autenticación, ya que pueden implicar la recogida de categorías especiales de datos.

La AEPD ha explicado que, antes de que se inicie el tratamiento, será obligatoria la realización de una evaluación de impacto para la protección de datos, donde se acredite la superación del triple análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad del tratamiento.

Con la actual interpretación de la AEPD, cualquier empresa que utilice un sistema de reconocimiento biométrico para su registro de jornada puede ser sancionada. Lo «idóneo», por tanto, sería recurrir a métodos menos invasivos.

La AEPD ha revisado su criterio a raíz de la Directriz emitida por el Comité Europeo de Protección de Datos (26/04/2023) que entiende que datos de las personas como la huella dactilar (o los necesarios para el reconocimiento facial) son datos especialmente sensibles y prohíbe el uso de la huella dactilar como método de registro de jornada laboral en empresas.

 

¿Existe habilitación legal para el tratamiento del dato biométrico?

El art. 9.2.b) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), con relación al tratamiento en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, no solo exige que exista una habilitación legal -o convenio colectivo-, sino que impone en primer término el requisito de que el tratamiento sea «necesario».

Actualmente la normativa no contiene autorización suficientemente específica para considerar necesario el tratamiento de datos biométricos con la finalidad de un control horario de la jornada de trabajo.

 

¿Legitimaría el tratamiento de la huella dactilar el consentimiento del trabajador?

La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo.

Según la «Guía tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos», en el caso del registro de jornada, como el interesado tiene la obligación de registrar su jornada, «(…) únicamente podría considerarse la existencia de un consentimiento libre a un tratamiento adicional de datos, en este caso biométricos, si el interesado dispone de una alternativa de libre elección para cumplir con dicha obligación».

Sin embargo, y respecto de este requisito de la posible «equivalencia de los tratamientos» hay que tener en cuenta que, si existen alternativas disponibles al tratamiento de datos biométricos que impliquen menor riesgo para los derechos y libertades de las personas cuyos datos personales se van a tratar, que permitan que en un momento dado todos los trabajadores opten por otras alternativas, el procesamiento de datos biométricos deja de ser necesario para la implementación del tratamiento.

 

No concurren, por consiguiente, los presupuestos establecidos en el art. 9.2.g) del RGPD para levantar la prohibición de tratamiento de datos biométricos con fines laborales, debiendo realizarse el registro horario por otros medios.

 

A la vista de lo que antecede, nuestra recomendación es dejar de realizar el tratamiento de datos biométricos o tenerlo en stand by a la espera de nuevas indicaciones de la AEPD y revisar la Evaluación de impacto para la protección de datos de forma previa a su reinicio.