INVERSIÓN, COMERCIO Y SERVICIOS: Subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de Castilla y León 2024

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.

Servicios de proximidad y nueva creación

Se entiende por servicios de proximidad los ofertados al mercado con ánimo de lucro, siempre que se presten directamente al usuario final en un establecimiento abierto al público, con exclusión de los siguientes:
a) Los servicios de carácter financiero, de seguros y de transporte, cualquiera que sea el medio utilizado.
b) El ejercicio de profesiones liberales.
c) Los suministros de agua, gas, electricidad y teléfonos.
d) Los servicios de alojamiento, bares, restaurantes y hostelería en general.
e) Los servicios prestados por empresas de ocio y espectáculos, tales como cines, teatros, circos, parques infantiles y similares.

Se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos en los que se inicie la nueva actividad dentro del periodo subvencionable establecido en la misma, esto es del 1/04/23 al 31/03/24, ambos inclusive, considerando a tal fin como fecha de referencia la de alta que figure en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

 

Proyectos y gastos subvencionables:

  • La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable.
  • O su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • O bien ambas a la vez.
Serán subvencionables los siguientes gastos que estén relacionados con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda ejecutados entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive.

 

Plazo solicitudes

Desde el 27 de mayo de 2024 hasta el 7 de junio de 2024

 

Cuantía de la subvención y criterios de valoración:

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.

RESUMEN SUBV PRL

FUERA DE PLAZO
  • EMPRENDEDORES: Subvenciones públicas dirigidas a la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa.
  • Subvenciones públicas dirigidas al fomento de la formación de trabajadores, empresarios, autónomos, mandos intermedios y delegados de prevención en materia de seguridad y salud laboral.
  • Subvenciones públicas dirigidas a la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa 

TALLER EMPRENDIMIENTO ONLINE

Estimado/a emprendedor/a:

En el marco del programa de emprendimiento que esta Cámara viene desarrollando en colaboración con la Junta de Castilla y León, a través del Instituto para la Competitividad Empresarial (ICE), le ofrecemos un taller formativo de iniciación al emprendimiento, en formato on line, en el que dispone de un curso básico y otro avanzado sobre los aspectos más relevantes a la hora de poner en marcha su iniciativa empresarial.

Esta acción es gratuita para usted, ya que está financiada por ICE.

 

En caso de estar interesado puede contactar con la Cámara de Comercio de Miranda de Ebro:

CONCURSO: ENCUENTRA EL LOGO QUE SUMA +

DESCRIPCIÓN DEL CONCURSO

El concurso «Encuentra el logo que suma +» invita a todo aquel que quiera participar: personas  asociadas a Disfruta Miranda, clientes y transeúntes a descubrir y capturar la esencia creativa del NUEVO LOGOTIPO de DISFRUTA MIRANDA en nuestros establecimientos adheridos. La dinámica consiste en encontrar el logotipo en el escaparate o interior de cada establecimiento participante, capturar una foto y compartir la imagen.

CÓMO PARTICIPAR

Visita los establecimientos participantes y busca el NUEVO logotipo en sus escaparates o en el interior del local. Captura una fotografía creativa y original del display con el logotipo.

 

Publica la foto en tus redes sociales (Instagram y/o Facebook) con el hashtag #Encuentraellogoquesuma+ y etiqueta al establecimiento y a la cuenta de Disfruta Miranda.

Asegúrate de seguir y etiquetar a la cuenta oficial de la plataforma y de que la foto cumpla con los estándares de calidad y se aprecie bien el logotipo.

 

También puedes participar vía correo electrónico y WhatsApp:

Envía tu fotografía al correo: disfrutamiranda@camaramiranda.com con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda y teléfono

WhatsApp de la Cámara de Comercio de Miranda: +34 600 24 30 70, con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda.

¡En ambos casos no te olvides de incluir el nombre del establecimiento donde está realizada la foto!.

FECHAS DEL CONCURSO

  • El concurso se inicia el viernes 01/03/2024 y finaliza el domingo 31/03/2024.
  • Las participaciones recibidas fuera de este periodo no serán consideradas.

SELECCIÓN GANADORES

  • Entre todas las fotografías recibidas se realizará un sorteo de manera aleatoria, utilizando un generador de números aleatorios, como calcuworld o appsorteos; de esta manera se seleccionarán 10 ganadores/as al azar de la lista de participantes. Es imprescindible ser socio/a de Disfruta Miranda.
  • Las personas ganadoras serán anunciadas el 1 de abril del 2024 a través de las redes sociales de Disfruta Miranda

PREMIOS

  • Se repartirán 10 Premios de 50€ que irán directamente al monedero virtual de la persona premiada para canjearlos en cualquiera o cualesquiera de los establecimientos participantes.
  • Fecha límite para canjear el premio: 30/04/24.

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

Se podrá participar tantas veces que se quiera siempre y cuando el establecimiento sea diferente o la ubicación del logotipo de Disfruta Miranda sea distinta.

Para todas las vías de participación:

  • Captura una foto del display con el logotipo, si puede ser creativa y original mejor.
  • Asegúrate de que la foto cumple con estándares de calidad y se aprecie bien el logotipo.

 

Se deben cumplir todos los criterios:

Redes sociales

  • Publica la foto en tus redes (Instagram/Facebook) con el hashtag #Encuentraellogoquesuma+. ¡Etiqueta al establecimiento y a @disfrutamiranda!
  • Sigue a la cuenta oficial de Disfruta Miranda.

 

Email

  • Envía la foto a disfrutamiranda@camaramiranda.com con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda y tu teléfono
  • Nombra el establecimiento donde está realizada la foto

 

WhatsApp

  • Envía la foto al 600243070 con el nombre con el que estás dado/a de alta como socio/a de Disfruta Miranda
  • Nombra el establecimiento donde está realizada la foto

USO FOTOGRAFÍAS

Al participar, los concursantes otorgan el permiso para que la plataforma de Disfruta Miranda comparta y utilice las fotos con fines promocionales de la campaña de fidelización del consumo local.

CONSIDERACIONES FINALES

  • La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases.
  • La plataforma se reserva el derecho de realizar cambios en las bases si fuera necesario.

PROTECCIÓN DE DATOS Y BIOMETRÍA NOVEDADES 2023-24

INFORMACIÓN FACILITADA POR NUESTRO ASOCIADO AL CLUB CÁMARA SOFT 5

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el 23 de noviembre de 2023 una guía sobre el uso de sistemas biométricos para el control de presencia y acceso con fines laborales y fuera del ámbito laboral y establece que los sistemas biométricos se consideran un tratamiento de datos de alto riesgo, tanto para identificación como para autenticación, ya que pueden implicar la recogida de categorías especiales de datos.

La AEPD ha explicado que, antes de que se inicie el tratamiento, será obligatoria la realización de una evaluación de impacto para la protección de datos, donde se acredite la superación del triple análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad del tratamiento.

Con la actual interpretación de la AEPD, cualquier empresa que utilice un sistema de reconocimiento biométrico para su registro de jornada puede ser sancionada. Lo «idóneo», por tanto, sería recurrir a métodos menos invasivos.

La AEPD ha revisado su criterio a raíz de la Directriz emitida por el Comité Europeo de Protección de Datos (26/04/2023) que entiende que datos de las personas como la huella dactilar (o los necesarios para el reconocimiento facial) son datos especialmente sensibles y prohíbe el uso de la huella dactilar como método de registro de jornada laboral en empresas.

 

¿Existe habilitación legal para el tratamiento del dato biométrico?

El art. 9.2.b) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), con relación al tratamiento en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, no solo exige que exista una habilitación legal -o convenio colectivo-, sino que impone en primer término el requisito de que el tratamiento sea «necesario».

Actualmente la normativa no contiene autorización suficientemente específica para considerar necesario el tratamiento de datos biométricos con la finalidad de un control horario de la jornada de trabajo.

 

¿Legitimaría el tratamiento de la huella dactilar el consentimiento del trabajador?

La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo.

Según la «Guía tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos», en el caso del registro de jornada, como el interesado tiene la obligación de registrar su jornada, «(…) únicamente podría considerarse la existencia de un consentimiento libre a un tratamiento adicional de datos, en este caso biométricos, si el interesado dispone de una alternativa de libre elección para cumplir con dicha obligación».

Sin embargo, y respecto de este requisito de la posible «equivalencia de los tratamientos» hay que tener en cuenta que, si existen alternativas disponibles al tratamiento de datos biométricos que impliquen menor riesgo para los derechos y libertades de las personas cuyos datos personales se van a tratar, que permitan que en un momento dado todos los trabajadores opten por otras alternativas, el procesamiento de datos biométricos deja de ser necesario para la implementación del tratamiento.

 

No concurren, por consiguiente, los presupuestos establecidos en el art. 9.2.g) del RGPD para levantar la prohibición de tratamiento de datos biométricos con fines laborales, debiendo realizarse el registro horario por otros medios.

 

A la vista de lo que antecede, nuestra recomendación es dejar de realizar el tratamiento de datos biométricos o tenerlo en stand by a la espera de nuevas indicaciones de la AEPD y revisar la Evaluación de impacto para la protección de datos de forma previa a su reinicio.

RESUMEN SUBVENCIONES I+D+I

  • Subvenciones para la realización de proyectos de I+D, cofinanciadas por el fondo europeo de desarrollo regional (FEDER) (año 2023)- Plazo de solicitud abierto.Ayudas destinadas a facilitar la financiación de los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, para la creación o mejora, desde el punto de vista tecnológico, de procesos productivos y/o productos concretos, realizados por empresas en centros de trabajo de Castilla y León.
    El presupuesto para los proyectos será: entre 20.000 € y 500.000 € para pymes; entre 200.000 € y 750.000 € para grandes empresa; y entre 200.000 € y 1.000.000 € para proyectos en colaboración, con un porcentaje de ayuda de hasta el 80%.
  • Incorporación de TIC en Pymes (2018) – Plazo de solicitud abierto.
    Ayudas destinadas a financiar proyectos empresariales con destino a facilitar la incorporación de las tecnologías de la información y comunicación en las pymes.
    Cuantía del coste subvencionable del proyecto igual o superior a 6.000€ e inferior a 150.000€.
  • Planes Estratégicos de I+D (2023) – Plazo de solicitud abierto.
    Ayudas destinadas a financiar los planes estratégicos en materia de I+D, que vayan a ser acometidos por empresas para centros de trabajo de Castilla y León y que se declaren de especial interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa del ICE, en base al fuerte impacto que puedan tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad. Los planes estratégicos comprenden uno o varios proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental.
    Cuantía mínima del plan igual o superior a 2.000.000€.

 

FUERA DE PLAZO

 

PROTECCIÓN DE DATOS Y COOKIES NOVEDADES 2023-24

INFORMACIÓN FACILITADA POR NUESTRO ASOCIADO AL CLUB CÁMARA SOFT 5

La Agencia Española de protección de Datos (AEPD) actualizó el día 11 de julio de 2023 su Guía sobre el uso de cookies para adaptarla a las nuevas directrices del Comité Europeo de Protección de Datos sobre patrones engañosos, publicadas en febrero de ese mismo año.

Se estableció un periodo transitorio de 6 meses para introducir los cambios necesarios para la utilización de cookies, por lo que los nuevos criterios deberán implantarse antes del 11/01/2.024.

La Agencia recoge el criterio del Comité Europeo, según el cual, las acciones de aceptar o rechazar cookies tienen que presentarse en un lugar y formato destacados, y ambas acciones deben estar al mismo nivel, sin que sea más complicado rechazarlas que aceptarlas. La Guía incluye nuevos ejemplos sobre cómo deben recogerse estas opciones.

 

En paralelo a esa incorporación, se ha realizado una serie de modificaciones:

  • En el caso de las cookies de personalización, cuando el propio usuario toma decisiones sobre ellas (por ejemplo, la elección del idioma de la web o la moneda en la que desea realizar las transacciones), se trata de cookies técnicas que no requieren consentimiento, sin que puedan ser utilizadas para otras finalidades.

Sin embargo, cuando es el editor el que adopta este tipo de decisiones sobre las cookies de personalización basándose en la información que obtiene del usuario deberá informar sobre ello ofreciendo de forma destacada la opción de aceptarlas o rechazarlas. En este caso, el editor tampoco podría utilizarlas para otras finalidades.

 

  • En cuanto a los muros de cookies, la Guía anterior ya precisaba que para que el consentimiento pudiera considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no podía estar condicionado a que el usuario consintiese el uso de cookies. Por tanto, podía haber supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impidiese el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informase al usuario y se ofreciese por parte del editor una alternativa de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies. La nueva versión de la Guía aclara que dicha alternativa no tendrá por qué ser necesariamente gratuita.

NORMATIVA PARA SISTEMAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN

El objeto de este nuevo real decreto es precisamente el de establecer la regulación de los requisitos y especificaciones técnicas que deben cumplir los sistemas informáticos utilizados por quienes desarrollen actividades económicas, cuando soporten los procesos de facturación de las operaciones correspondientes a su actividad, con el fin de que quede garantizada la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos, con la información sobre todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios.

¡Prepárate! Pronto la Cámara de Comercio brindará una píldora formativa sobre este tema. ¡Mantente alerta y no te la pierdas! 👀📚
calendario

CALENDARIO LABORAL 2024

La Junta de Castilla y León ha establecido el calendario de fiestas para 2024 con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales, en atención al sistema productivo, las demandas sociales y el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León. Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 28 de marzo, Jueves Santo.
  • 29 de marzo, Viernes Santo.
  • 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. Se traslada al lunes 9.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

FIESTAS LOCALES

  • 20 de mayo, San Juan del Monte
  • 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira

COMERCIO, FINANCIACION: subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en el marco del Componente 13 «Impulso a la PYME», Inversión 4 «Apoyo al comercio», Programa de modernización del comercio: Fondo tecnológico (FUERA DE PLAZO)

BDNS (Identif.): 719015

Objeto y finalidad:

Financiar inversiones en el marco del Componente 13 “Impulso a la Pyme”, Inversión 4 “Apoyo al Comercio”, Actuación 1.2 “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante dos líneas de ayuda:

  • 1.  Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
  • 2.  Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial., de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

 

Beneficiarios.
  • Personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas y cumplan los requisitos establecidos.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos

 

Proyectos y gastos subvencionables.
  1. Proyectos de nuevas tecnologías, individuales y/o del colectivo de asociados, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (transformación digital).
  2. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, individual y/o del colectivo de asociados, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (transformación del punto de venta).
  3. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla, es decir, el transporte final de una mercancía (cadena de suministro y trazabilidad).
  4. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (sostenibilidad y economía circular).

Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, estén relacionados con el/los proyecto/s objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable que se extenderá desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 15 de octubre de 2023, ambos inclusive, y que se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado.

 

Cuantía
  • La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitantes, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante.
  • No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.

 

📆 Plazo de presentación de solicitudes hasta el 20/10/2023

Más información y tramitación