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El impacto sobre el conjunto de las exportaciones españolas de bienes sería muy limitado ya que las ventas de España a Estados Unidos solo representan el 5%, de nuestras exportaciones totales
El impacto sobre el PIB sería del 0,21%
La rúbrica de máquinas, aparatos mecánicos, y aparatos y material eléctrico -el sector que concentra mayores ventas a Estados Unidos- sería el más perjudicado
Madrid, 03/04/2025.-La Cámara de Comercio de España calcula que la imposición de aranceles del 20% por parte de Estados Unidos podría llegar a reducir nuestras exportaciones de bienes al país norteamericano una media del 14,3%.
En un cálculo realizado por el Servicio de Estudios de la Cámara de España, el análisis del impacto de la imposición de aranceles del 20% presenta un abanico máximo de reducción de las exportaciones del 18,4%, y mínimo del 10,1%.
En 2024 el valor de las exportaciones de España a Estados Unidos ascendió a más de 18.000 millones de euros y este país es nuestro principal mercado extracomunitario, después del Reino Unido. No obstante, el impacto sobre el conjunto de las exportaciones españolas de bienes será limitado, ya que las ventas de España a Estados Unidos representan menos del 5%, de nuestras exportaciones totales. En términos de PIB, apenas supondría una reducción del 0,21% anual.
Impacto estimado del incremento de los aranceles en EE.UU. sobre las exportaciones españolas
Arancel
Impacto en exportacionesEspaña-EE. UU.
Impacto máximo
Impacto mínimo
20%
-14,3%-2.598,5 M€
-18,4%-3.352,0 M€
-10,1%-1.844,9 M€
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Banco Mundial (World Integrated Trade Solution database), Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (Datacomex).
El impacto de un incremento en los aranceles de EE.UU. sobre las importaciones procedentes de España será diferente según el tipo de producto, dependiendo del arancel medio aplicado en la actualidad, del valor de las exportaciones de los distintos bienes, así como de la sensibilidad de cada capítulo exportador a estos cambios.
Entre los principales grupos de bienes exportados por España a EE.UU. en 2024 destacaron los bienes de equipo (principalmente, maquinaria, material eléctrico, equipos electrónicos y motores de todo tipo: propulsión, hidráulicos, de émbolo, propulsores, eléctricos, etc. y para vehículos tractores, automóviles, motocicletas, barcos, construcción, etc.) y semimanufacturas (en especial, productos químicos-farmacéuticos o material de construcción), así como productos agroalimentarios (con particular peso de aceites y grasas).
En este sentido, la Cámara de España calcula que la rúbrica de máquinas, aparatos mecánicos, y aparatos y material eléctrico -el sector que concentra mayores ventas a EE.UU. – sería el más perjudicado. En concreto, la disminución media de las exportaciones españolas de este grupo podría ser del 22,1%. También, las ventas a EE.UU. de productos químicos y farmacéuticos son significativas y un arancel del 20%, podría disminuir estas exportaciones en un 13,1%. En el capítulo de metales y sus manufacturas el impacto sería menos severo, con una reducción que podría llegar al 8,1%.
Impacto estimado del incremento de los aranceles en EE.UU. sobre las exportaciones españolas por grupos de productos
Capítulos TARIC**
Aranceles 2022(en %)
Exportación 2024 (Mill €)
Impacto arancel 20%(sobre exportaciones totales)
Máquinas, aparatos mecánicos, aparatos y material eléctrico
1,09
4.013.901,95
-22,1%
Productos alimenticios y tabaco
7,45
3.566.557,92
-4,3%
Productos químicos y farmacéuticos
1,03
3.185.893,69
-13,1%
Manufacturas de piedra, yeso, vidrio y joyería
1,76
1.183.496,02
-1,5%
Metales y sus manufacturas (hierro, acero, aluminio, plomo, cobre, cinc, …)
1,37
984.246,72
-8,1%
** Clasificación TARIC: Sistema de clasificación de productos en la Unión Europea.
– Máquinas, aparatos mecánicos, aparatos y material eléctrico: Capítulos TARIC 84-85.
– Metales y sus manufacturas: Capítulos TARIC 72-81.
– Productos químicos y farmacéuticos: Capítulos TARIC 28-38.
– Manufacturas de piedra, yeso, vidrio, joyería: Capítulos TARIC 68-71.
– Plástico, caucho y sus manufacturas: Capítulos TARIC 39-40.
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Banco Mundial, (World Integrated Trade Solution database), Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (Datacomex).
Debe señalarse que la exposición de la economía española a un incremento de los aranceles en EE.UU. es inferior a la que presentan otros socios comunitarios, ya que el grueso de las exportaciones españolas se dirige a la UE y resto de Europa (en torno al 74% del total).
Entre los grandes países de la Unión Europea, las exportaciones de bienes de Italia y Alemania a Estados Unidos suponen el 10% de su PIB; en el caso de Francia, representa alrededor del 7% y en el de España, menos del 2%. A cierta distancia de otros países, como Irlanda, Chipre, Luxemburgo o Bélgica, cuya exposición es especialmente elevada.
Adicionalmente a estos impactos estimados, a la materialización efectiva de esta política de corte proteccionista desde EE.UU. se añadirían posibles efectos indirectos. Por un lado, las menores ventas de los sectores afectados podrían trasladarse al resto de la economía por la vía de una menor demanda de los productos y servicios intermedios necesarios para su producción.
Por otro lado, el impacto que los aranceles norteamericanos podrían tener en los principales socios comerciales de España, como pueden ser Alemania, Francia o Italia, repercutiría negativamente en el crecimiento económico de estos países y/o en una menor demanda de inputs españoles para sus procesos de producción, lo que se traduciría en una menor demanda de productos y servicios fabricados en España. A todo ello se añadirían los eventuales efectos sobre la menor exportación de servicios (transporte, logística, seguros, servicios de reparación y postventa, servicios financieros, etc.) vinculados a la propia exportación de bienes.
Entrevista en ‘La hora de La 1’ a Raúl Mínguez, director del Servicio de Estudios de Cámara de España
Convocar, durante el año 2025, la concesión de las subvenciones en régimen de concesión directa para incentivar la promoción profesional de las mujeres en empresas de hasta 500 trabajadores/as que desarrollen su actividad en Castilla y León, con la finalidad de facilitar la promoción profesional de mujeres trabajadoras por cuenta ajena en empresas privadas para contribuir a que la participación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo se realice con igualdad plena de oportunidades..
Se considera promoción profesional, a efectos de esta resolución, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable. En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará promoción profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable.
BENEFICIARIOS
Empresas privadas y personas físicas empleadoras, que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y que en su totalidad tengan hasta 500 trabajadores/as.
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La novación de contratos de trabajo debe formalizarse entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
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Proyectos y gastos subvencionables:
Podrán subvencionarse, con el detalle y con las excepciones que puedan establecerse en las convocatorias, las siguientes categorías de gastos:
a) La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
b) La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos.
c) Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución, la protección y seguridad o la mejora de la imagen del mismo, así como las dirigidas a la eliminación de barreras que mejoren la accesibilidad a las personas con discapacidad y las dirigidas a la implantación de buenas prácticas medioambientales que impliquen reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos o gestionarlos de forma más adecuada conforme a la jerarquía de residuos, y/o minimizar otros impactos de carácter medioambiental.
d) La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
e) La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad subvencionable.
f) El hardware, el software, el mobiliario tecnológico y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…) y la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de pagos, puntos de entrega inteligentes…).
Las herramientas y soluciones tecnológicas tienen que estar plenamente operativas a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Serán subvencionables los gastos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar relacionados de manera indubitada con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda y ser necesarios para su ejecución.
b) Ejecutarse dentro del período subvencionable establecido en cada convocatoria.
c) Encontrarse efectivamente pagados a la fecha de presentación de la solicitud de subvención
Cuantía de la subvención y criterios de valoración:
La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 75% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.
Plazo solicitudes
Desde el 30 de abril de 2025 hasta el 15 de mayo de 2025
Se podrán acoger a esta ayuda las personas viticultoras y futuros viticultores, cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y que vayan a reestructurar y/o reconvertir viñedos
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