ADQUISICION VEHICULO: Se convocan subvenciones dentro de los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en la Comunidad de CYL. Actuación 1. Adquisición de vehículos de energías alternativas

Información general

  • Referencia: 86021
  • Organismo: Consejería de Economía y Hacienda
  • Sector: Empresas en general, Transporte
  • Ámbito geográfico: Junta de Castilla y León

 

Información adicional

  • Tipo de ayuda: Subvención
  • Destinatarios: Profesionales autónomos, personas físicas, comunidades de propietarias y personas jurídicas
  • Plazo de solicitud: Del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2023
  • Web del organismo convocante: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

 

Referencias de la publicación

  • Orden 210709. Boletín Oficial de Castilla y León número 135 de 14 de julio de 2021 Extracto-Convocatoria
  • Orden 210709. Boletín Oficial de Castilla y León número 137 de 16 de julio de 2021 Corrección
  • Real Decreto 266/21. Boletín Oficial del Estado número 89 de 14 de abril de 2021 Bases reguladoras

 

RECARGA VEHICULOS ELECTRICOS: Se convocan subvenciones dentro de los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en la Comunidad de Castilla y León. Actuación 2. Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos

  • Referencia: 86022
  • Organismo: Consejería de Economía y Hacienda
  • Sector: Empresas en general, Transporte
  • Ámbito geográfico: Junta de Castilla y León

Información adicional

  • Tipo de ayuda: Subvención
  • Destinatarios: Profesionales autónomos, personas físicas, comunidades de propietarias y personas jurídicas
  • Plazo de solicitud: Del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2023
  • Web del organismo convocante: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

 

Referencias de la publicación

  • Orden 210709. Boletín Oficial de Castilla y León número 135 de 14 de julio de 2021 Extracto-Convocatoria
  • Orden 210709. Boletín Oficial de Castilla y León número 137 de 16 de julio de 2021 Corrección
  • Real Decreto 266/21. Boletín Oficial del Estado número 89 de 14 de abril de 2021 Bases reguladoras

 

PROGRAMA KIT DIGITAL (subvenciones directas para soluciones digitales)

SEGMENTO EMPRESAS 0-2 EMPLEADOS

Plazo solicitud: desde el 20/10/22  a las 11h hasta 14/06/24  11h

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas

CONVOCATORIA EMPRESAS 10-49 EMPLEADOS

Plazo solicitud: 15/03/2022 11h – 15/09/22 11h

Convocatoria finalizada

CONVOCATORIA EMPRESAS DEL SEGMENTO IV (ENTRE 50 Y MENOS DE 100 EMPLEADOS) Y EL SEGMENTO V (ENTRE 100 Y MENOS DE 250 EMPLEADOS)

Plazo solicitud: inicio de presentación de solicitudes: 12/12/2024 a las 11:00 horas

Convocatoria abierta

CONVOCATORIA COMUNIDADES DE BIENES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL, SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA (ENTRE 0 Y MENOS DE 50 EMPLEADOS)

Plazo solicitud: 07/06/2023 11h

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas

¿Cuál es el objetivo del Kit Digital?

Su objetivo es promover los procesos de la digitalización de pymes y autónomos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

¿Qué ofrece el Kit Digital?

Mediante subvenciones directas no reembolsables, el Programa Kit Digital repartirá el denominado BONO DIGITAL. Este bono digital ofrece una cuantía económica para que la empresa/autónomo lo administre escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo, que se dividen en 3 campos y 10 categorías:

  • Marketing digital (desarrollo de páginas web, apps y posicionamiento SEO)
  • Comercio electrónico
  • Administración de empresa digital (facturación electrónica y ciberseguridad).

CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DIGITALIZADORAS

*Aquellas empresas que van a realizar su transformación a través del plan de kit Digital podrán elegir una de las soluciones que ofrecen los agentes digitalizadores para transformar sus negocios. Es decir, existe un catálogo cerrado. No puede coger la subvención y pagar a su proveedor informático para que realice las mejoras oportunas si no es agente digitalizador del programa.

Cuantía del bono

El importe máximo dependerá del tamaño de la empresa.

  • SEGMENTO I: Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000€
  • SEGMENTO II: Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000€
  • SEGMENTO III: Pequeñas empresas o microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y autónomos: 2.000€
  • SEGMENTO IV: Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 25.000€
  • SEGMENTO IV: Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 29.000€

Criterios de acceso para ser beneficiarios: 

  • Tener la consideración de autónomo, pequeña empresa o microempresa
  • Estar en situación de actividad, demostrando tener la antigüedad mínima que se establezca.
  • No superar el límite de ayudas de mínimis (200.000 €-3 años)
  • No estar incurso en las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

Cómo solicitar tu bono Kit Digital

01. Regístrate en área privada y completa el test de diagnóstico digital.
02. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital, y escoge entre una o varias de las soluciones ofrecidas por los agentes digitalizadores dentro del catálogo.
03. Cuando se publique la convocatoria correspondiente podrás acceder a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital, en la sede electrónica de Red.es

¿Cuál será el flujo de trabajo?

Los bonos serán otorgados por orden de solicitud, en régimen de concurrencia no competitiva y hasta que se agote el crédito presupuestario de la convocatoria.

  1. Esta solicitud de ayudas parte de un breve test autodiagnóstico del nivel de madurez digital de la pyme y un registro, ya disponibles en la web.

  2. Tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos por parte del beneficiario se resolverá la concesión del Bono Digital.

  3. Este bono dará derecho a la contratación de uno o varios agentes digitalizadores del market place para la implantación de una o varias soluciones digitales, que se formalizará a través de acuerdos de prestación de servicio entre el beneficiario y el/los digitalizador/es, cuyo modelo se establecerá en la convocatoria correspondiente.

  4. Dicho acuerdo representa el derecho a cobro tras la realización y justificación del trabajo y solo se podrá formalizar un acuerdo por cada categoría de soluciones anteriormente indicada. Se podrán firmar acuerdos durante un máximo de 6 meses desde la concesión del bono, mientras se siga teniendo «saldo» disponible, y no será obligatorio consumir el bono al completo.

  5. Formalizado el acuerdo se inicia una 1ª fase por un periodo máximo de 3 meses durante los cuales el agente digitalizador instalará y/o desarrollará la solución acordada. Una vez puesta en marcha, se emitirá la factura que abonará el beneficiario íntegramente (pago de gastos no subvencionables -iva, hardware, gastos de conectividad, infraestructura…- + cesión de cobro sobre el bono para los gastos subvencionables).

  6. Tras la emisión de esta única factura se abre una 2ª fase, durante un periodo máximo de 12 meses a lo largo de los cuales el agente digitalizador deberá mantener activa la solución, a través de la propia prestación del servicio asociada a la solución (cuotas, mantenimiento, soporte…).

El pago de las ayudas se realizará directamente a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase y, en los porcentajes establecidos en cada categoría de soluciones. El agente será el responsable de presentar la documentación justificativa.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana BASES REGULADORAS: Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Si tienes alguna duda al respecto o deseas recibir más información:

📍 Pol. Ind. Bayas, Guadalquivir, 6
📩 programas@camaramiranda.com
☎️  947335200/600243070

Nuevo registro obligatorio en China para fabricantes de alimentos

El pasado mes de abril de 2021 las autoridades de China aprobaron dos reglamentos:
  • el Decreto 248 (Reglamento sobre el Registro y la Administración de los Productores Extranjeros de Alimentos Importados) y
  • el Decreto 249 (Reglamento con Medidas Administrativas sobre la Seguridad de los Alimentos Importados y Exportados).
Ambos decretos entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

 

El Decreto 248 (Reglamento sobre el Registro y la Administración de los Productores Extranjeros de Alimentos Importados):

El Reglamento sobre el Registro y la Administración de los Productores de Alimentos Importados en el Extranjero (Decreto 248), exigirá que todos los fabricantes, procesadores e instalaciones de almacenamiento de alimentos en el extranjero se registren en la Administración General de Aduanas de China (GACC). La medida incluye todos los productos alimentarios, pero no se aplica a los aditivos alimentarios ni a los productos relacionados con los alimentos, como los materiales de envasado.

Dependiendo de la categoría del producto, los productores de alimentos deben registrarse a través de la autoridad reguladora competente de su país o a bien través de un agente privado.

 

El Decreto 249 (Reglamento con Medidas Administrativas sobre la Seguridad de los Alimentos Importados y Exportados).

El segundo decreto que China publicó en abril de 2021 es el de Medidas Administrativas sobre Seguridad Alimentaria en la Importación y Exportación (Decreto 249), que cubre una amplia gama de requisitos sobre las exportaciones de alimentos a China, incluyendo el registro de instalaciones en el extranjero, el archivo de registros por parte de importadores y exportadores, la cuarentena y la inspección, y el etiquetado de productos.

En función del historial exportador de cada país a China, así como la clasificación de los productos que establecen las mencionadas normas chinas, las autoridades sanitarias de cada país exportador deben realizar diferentes comunicaciones al GACC chino, estableciéndose los siguientes supuestos que se señalan a continuación:

  1. Para productos con lista de establecimientos autorizados

Los establecimientos elaboradores que actualmente se encuentran ya autorizados para la exportación a China de los productos para los cuales ya hay un listado autorizado, mantienen vigente su autorización:

  • Carne y productos cárnicos de porcino
  • Pescado y productos de la pesca
  • Leche y productos lácteos (incluidos los lácteos infantiles)

Estos establecimientos ya autorizados, no deben realizar de momento ningún trámite adicional ni ante las autoridades chinas ni españolas, pudiendo seguir exportando con normalidad.

Aquellas empresas que no estén autorizadas para poder exportar a China deberán seguir el procedimiento específico establecido para cada tipo de producto, debiendo tramitarse la solicitud a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de España.

  1. Para productos con comercio histórico, pero que no estén en la lista de establecimientos autorizados

A fin de que la implantación de esta normativa no interrumpa el comercio de productos incluidos en su ámbito de aplicación y que históricamente ya se estaban exportando, las autoridades chinas han solicitado a las autoridades españolas proporcionar un listado de empresas productoras que han exportado a China desde 2017 los productos incluidos en el siguiente listado:

  • Productos de apicultura (incluido polen de abeja, propóleos y miel)
  • Tripas de cerdo saladas (destinadas a su calibración en China)
  • Tomillo en hojas (incluido en polvo),
  • Soja en polvo
  • Aceituna secada
  • Guisantes en polvo
  • Comino
  • Semillas de albaricoque / almendra
  • Chile en polvo
  • Orégano en hojas (incluido en polvo)
  • Ajetes y puerros frescos o refrigerados
  • Ajos frescos o refrigerados
  • Vainilla
  • Semillas de alcaravea
  • Aceite vegetal comestible
  • Vegetales procesados sin vinagre
  • Granos de café
  • Alimentos funcionales

Esta lista de productos ha sido proporcionada por las autoridades españolas a las autoridades chinas en base a su historial de importación desde España.

Recordamos que está norma sólo es de aplicación a los establecimientos productores (producción, transformación, almacenamiento), en ningún caso a los exportadores que únicamente realizan la labor de comercializadores o traders.

Las autoridades chinas disponen del listado de establecimientos españoles desde el 31 de octubre de 2021, y está pendiente de ser validado, y de que se publique la lista de establecimientos registrados.

Del mismo modo, estos establecimientos tampoco deben realizar ningún trámite adicional ni ante las autoridades chinas ni españolas, pudiendo seguir exportando con normalidad.

Aquellas empresas que no tengan historial exportador o no figuren en las listas que las autoridades chinas tienen que publicar y estén interesadas en registrarse para poder exportar a China pueden contactar con esta Cámara de Comercio de Zamora que le informará sobre los trámites a seguir para realizar el registro.

  1. Para productos no contemplados en los capítulos anteriores. Registro de las empresas por su propia cuenta (auto-registro)

Para las empresas que elaboran productos que no se encuentran específicamente prohibidos para la exportación a China, y que no están incluidos en las categorías recogidas en los epígrafes anteriores solicitarán el registro por su propia cuenta. La documentación que deben presentar, en inglés o chino, es la siguiente:

  • Documento de solicitud de registro de empresa.
  • Documentos de identidad empresarial, por ejemplo, la licencia comercial concedido por las autoridades competentes.
  • Declaración de la empresa solicitante sobre el cumplimiento de la presente Orden.

 

Etiquetado

Tal y como establece el decreto 248, las etiquetas de los productos exportados pueden seguir ostentando como marca identificativa el número de registro español. No siendo necesario modificar las etiquetas para indicar un número de registro chino. Por lo tanto, las etiquetas de estos productos no tienen que modificarse, por el momento, para indicar un número de registro chino, pudiendo mantener como identificativo el número del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), que es con el que figuran en los listados de establecimientos autorizados.

 

Vigencia del registro

Para las empresas registradas, la GACC indicará la fecha de entrada en vigor y fecha de caducidad, la vigencia del registro es de 5 años.

Las empresas deberán solicitar la renovación del registro durante los 3 a 6 meses antes de la fecha de vencimiento del registro. En caso de que no se renueve el registro conforme a lo requerido, el registro será cancelado.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y LUCHA ANTE EL FRAUDE FISCAL

EN CUANTO AL SISTEMA DE FACTURACIÓN

Los negocios que utilizan una simple hoja de cálculo o un editor de documentos (tipo Word) para crear sus facturas deberían cambiar de método ya que no cumplen con los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

 

AVISO DE HACIENDA AL RESPECTO

El artículo 29.2.j) establece “la obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos.”

Ha salido publicado el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación

Más información: https://www.camaramiranda.com/normativa-programas-facturacion/

El artículo 201.bis regula las infracciones por fabricación, producción, comercialización y tenencia de sistemas informáticos que no cumplan las especificaciones exigidas por la normativa aplicable.

El apartado 1 define como infracción tributaria grave la fabricación, producción y comercialización de sistemas y programas informáticos o electrónicos

Las letras a), b), c) y d) serán de directa aplicación a partir del 11 de octubre de 2021.

Las letras e) y f) exigen explícitamente un desarrollo reglamentario. Por tanto, no serán de aplicación hasta que dicho Reglamento sea aprobado y entre en vigor.

El apartado 2 del artículo 201.bis se refiere a la tenencia por los usuarios de sistemas y programas informáticos o electrónicos que no se ajusten a lo establecido en el artículo 29.2.j) de esta Ley, cuando los mismos no estén debidamente certificados teniendo que estarlo por disposición reglamentaria o cuando se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados.

Por tanto, hasta que no se produzca el desarrollo reglamentario de la certificación a que alude este apartado, los usuarios no podrán ser sancionados por incumplimiento de este artículo.

Estudio sobre el Clima Empresarial de Castilla y León (noviembre 2021)

  • Los presidentes de Cámara España y del Consejo de Cámaras de Comercio presentan el estudio Clima empresarial de Castilla y León que muestra la perspectiva de las empresas y su opinión sobre los fondos europeos, formación, digitalización, innovación e internacionalización
  • El 83,3% de las empresas reconoce que ha tenido dificultades para encontrar perfiles cualificados

ESTUDIO CLIMA EMPRESARIAL ESTUDIO CLIMA EMPRESARIAL

Las empresas de Castilla y León se muestran optimistas ante la mejora de la situación económica y las cifras de empleo. Sin embargo, la percepción sobre los costes de la energía, materias primas y costes laborales consideran que empeorarán medio plazo y se muestran más pesimistas que la media nacional. Así se desprende del estudio Clima empresarial de Castilla y León basado en la encuesta realizada por Sigma DOS para la Cámara de España donde han participado 300 empresas de la Comunidad, entre las 2.150 del conjunto del país y en cuya selección se ha tenido en cuenta su tamaño y sector de actividad. Las conclusiones se estructuran en cinco áreas considerándose claves cambios y circunstancias productivas sobrevenidas a raíz de la pandemia como son las perspectivas a medio plazo, la digitalización e innovación; la formación; la internacionalización y los fondos europeos Next Generation EU.

Durante la presentación del estudio, José Luis Bonet, presidente de Cámara España, ha querido destacar las dos grandes claves del Estudio: el optimismo de los empresarios ante el proceso de recuperación económica y su preocupación por la evolución del coste de las materias primas y la energía y la inflación. “Ese sentado de opinión nos indica que la reactivación no se puede considerar consolidada y es aconsejable extremada prudencia en las decisiones de política económica”.

Bonet se ha referido a dos datos en particular. Por un lado, la creciente dificultad de las empresas para encontrar perfiles profesionales adecuados a sus necesidades, “una realidad insostenible en un país con una tasa de paro superior al 15 % que en el caso de los jóvenes se acerca al 40 %”. Por otro, el altísimo grado de desconocimiento de las empresas respecto a los fondos Next Generation EU. “Es urgente revertir esta situación y reforzar la sensibilización de las empresas, principalmente las pymes, respecto a cómo acceder a los fondos. Y, por supuesto, es fundamental que las pequeñas y medianas empresas conozcan estos fondos de recuperación que deben permitir un gran paso adelante en la modernización de nuestro país. Las Cámaras de Comercio ofrecemos nuestra colaboración en esa labor de sensibilización e información a las pymes”.

Por su parte, Antonio Méndez Pozo, presidente del Consejo de Cámaras, destacó la implicación de las empresas de la región en lo que respecta a la FP y FP Dual, un 55%, 5 puntos más que la media nacional, cifra que asciende hasta casi un 83% entre las empresas con más de 50 empleados e instó a “seguir trabajando para derribar ese muro que considera la FP de segunda o tercera categoría frente a la Universidad, pese a los elevados índices de empleabilidad que en Castilla y León rozan el 80%. La FP Dual no cierra puertas, las abre” mientras que la FP Dual “cualificará profesionalmente al alumnado aumentando su capacitación y dotará de fortaleza a nuestro tejido empresarial y, por tanto, cimentará el futuro de nuestra Comunidad, tarea en la que nos encontramos la red cameral”.

 

También hizo referencia a los 8 puntos que nos separan de la media nacional en lo que la internacionalización de las empresas se refiere, el 74,6% de las empresas no opera en el extranjero y un 32% está en condiciones de hacerlo. “Apoyamos que la internacionalización sea un proyecto colectivo nacional en el que se opere desde la cooperación, desde la especialización sectorial y la formación”. Es cierto que nuestra base exportadora continúa aumentando, “pero debemos ir un paso más allá en la implantación en el exterior, máxime cuando la salida al exterior ha sido clave para el sustento de la economía nacional”.

Los empresarios consultados son más pesimistas que los del conjunto de España en sus previsiones sobre el coste de las materias primas y la energía, que un 87,2 % considera que empeorará levemente o mucho. En cuanto a problemas incipientes, el ya mencionado coste de las materias primas y la energía es la principal dificultad que encuentran las empresas de la región: lo es para el 52,4 %, cinco puntos más que en el conjunto de España. Le siguen los costes laborales (24,3 %), los problemas de aprovisionamiento (un 22,8%) y la escasez de mano de obra (un 22%). La escasez de la demanda afecta al 16,8%, mientras que la media nacional es del 21,9%, y los plazos de pago al 6,9%.

Sobre los fondos aprobados por la Unión Europea para superar la crisis provocada por el COVID-19 conocidos como Next Generation EU, sólo el 39,8%, de las empresas de la región los conocen y un 27% se plantean acceder a ellas, siendo las de menor tamaño las que muestran mayor desinformación. Por sectores, comercio es el que mejor conoce las ayudas europeas y declara mayor intención de solicitarlos. La intención de solicitar las ayudas de los fondos NGEU es del 36,7%, más alta que en la media de España. Además, las empresas de más de 50 empleados/as y del sector comercio declaran la mayor intención de solicitarlas (50,6 % en ambos casos).

De igual modo sucede con aquellas que están de acuerdo o muy de acuerdo, tanto a nivel comunidad como nacional, con la posibilidad de que los fondos deben ir asociados a una agenda de reformas (46%) mientras que un 63,9 % de las empresas en Castilla y León está de acuerdo o muy de acuerdo con la idea de que las compañías que más se beneficiarán de estas ayudas serán las grandes empresas, porcentaje muy similar al del total nacional.

Formación y cualificación.

En otro aspecto, el formativo, el 66,1% de las empresas de la región dispone de un plan de formación, frente al 69,1 % del total nacional. En función de su tamaño, el porcentaje de empresas con plan de formación crece hasta el 82,9 % entre las empresas con más de 50 empleados/as. En cuanto a sectores productivos, destaca el 73,9 % de las empresas de construcción seguido de servicios (68,2%), industria (67,2%), hostelería (65,8%) y comercio (56,5%).

En lo referido a personal cualificado, el 83,3 % de las empresas ha tenido alguna vez dificultades para encontrar perfiles cualificados con frecuencia. Mientras que, por su parte, 78,8 % de las empresas españolas ha tenido problemas análogos. Aunque tanto la mayoría de las empresas de Castilla y León como las del conjunto de España señalan incidencias para encontrar personal cualificado, un 14,2% de las empresas de Castilla y León no ha tenido nunca problemas en encontrar empleados con perfiles adecuados, frente a un 19% en el conjunto de España. Los puestos que más cuesta cubrir son los relacionados con las áreas de producción y operaciones y de ventas, logística y oficios.

El 47,7% de las empresas de Castilla y León colabora con la formación de alumnos en prácticas frente a un 42,2 % que hace lo propio en el conjunto de España. Por lo que se refiere a la FP Dual, el porcentaje de empresas que colabora con este tipo de formación es prácticamente idéntico al del conjunto de España. El 80,7% de las empresas de más de 50 empleados/as colabora con la FP y la FP Dual. Esta proporción desciende hasta el 51,4% en las empresas con entre 11 y 50 empleados/as. Por el contrario, un 19,1% no colabora en estos programas por desconocimiento de estos.

Digitalización, innovación, internacionalización.

Para el 86,8% de las empresas la digitalización es un elemento fundamental para ser más competitivo dentro del ecosistema empresarial, aunque con diferencias en cuento al tamaño y sector: las de más de 50 empleados/as le conceden más importancia (86,9 %) y las de empresas de servicios distintos al comercio y la hostelería (81,8%) y de construcción (80,7%). Las herramientas de gestión contable (92,1%), página web (87,7%) y herramientas de procesos y recursos (78,7%) son las que más se emplean, mientras que el comercio electrónico y herramientas de posicionamiento acaparan el 44% y 36,4% respectivamente.

Tanto en el conjunto de España como en Castilla y León, casi la mitad de las empresas destacan la falta de presupuesto como una de las principales dificultades a la hora de mejorar el nivel de digitalización. En el caso de Castilla y León, la falta de empleados con las competencias necesarias es algo que afecta al 37,1 % de empresas cuando en el conjunto de España es reseñado por el 42,2 %.

En lo que respecta a la innovación, como vitamina necesaria para ganar competitividad, según el tamaño de las empresas casi dos de cada tres empresas de más de 50 empleados disponen de plan de innovación. Por sector de actividad, destaca el porcentaje de empresas con plan de innovación en el comercio (48%) y la industria (45,1%), mientras que hostelería se encuentra en el 19,5%. Globalmente, en la Comunidad, el 38,1% de empresas dispone de una estrategia de innovación, un porcentaje casi idéntico al del conjunto de España.

Tres de cada cuatro empresas reconocen no estar internacionalizada. El 28,6 % de las empresas precisa apoyo económico para poder operar en el extranjero, el 19% identificar oportunidades de negocio concretas y el 11,4% apoyo en la estrategia de internacionalización. En términos comparativos, destaca que el 9,9% de empresas necesitaría poder identificar posibilidades de inversión en el extranjero, frente al 5,8% en el conjunto de España.

 

 

INFORMES DE AUDITORIA Y LIQUIDACIONES AÑOS ANTERIORES

 

FIRMA CONVENIO BANCO SABADELL CON CÁMARA MIRANDA (29/09/21)

                

 

BANCO SABADELL Y LA CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE MIRANDA DE EBRO FIRMAN UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL OBJETIVO DE APOYAR A LAS EMPRESAS DE LA DEMARCACIÓN CAMERAL.

Banco Sabadell ha firmado, hoy día 29 de Septiembre, un convenio de colaboración con la Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Miranda de Ebro.

El objetivo de este convenio es poner a disposición de de las empresas, ya sean personas físicas por cuenta propia o jurídicas, productos y servicios bancarios, centrando de manera preferente sus actividades en las  siguientes áreas de trabajo: Emprendimiento, Internacional, E-commerce y Formación.

Por otra parte BANCO SABADELL, informará y orientará a las empresas de la CÁMARA de Miranda de Ebro sobre los Proyectos Next Generation, en concreto, sobre el Fondo Reestructuración Europea, el cual tiene como principal objetivo impulsar planes de recuperación, transformación y reformas sobre la base de una sociedad verde, digital e inclusiva. Se trata de una iniciativa relevante para el futuro de nuestro país por la transformación del tejido productivo y el impulso a la economía. BANCO SABADELL facilitará y ayudará a las empresas de la CÁMARA el acceso a las ayudas que el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia desarrollen. Todo ello mediante la divulgación de un banner y un enlace específico, con un repositorio de toda la información al respecto.

Asimismo, BANCO SABADELL informará y asesorará a las empresas de la CÁMARA sobre las convocatorias de las Ayudas Directas. Para ello se pone a disposición de las mismas un apartado en la web de Empresas de BANCO SABADELL que incorpora las principales características de las ayudas directas: destinatarios, requisitos, destinos de la operación, importe máximo al que se puede optar, etc., poniendo a disposición del cliente un Simulador que le permite saber si puede acceder a solicitar la ayuda y conocer el importe que recibiría en caso de ser concedida, así como un enlace directo a la página web de su Comunidad para realizar la tramitación.

El acuerdo ha sido firmado por el presidente de la Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Miranda de Ebro, Fernando Escobillas López de Silanes y por la directora Regional de Bizkaia Oeste, Álava y Cantabria de Banco Sabadell, Marta Ríos Quintana.