NORMATIVA PARA SISTEMAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN

El objeto de este nuevo real decreto es precisamente el de establecer la regulación de los requisitos y especificaciones técnicas que deben cumplir los sistemas informáticos utilizados por quienes desarrollen actividades económicas, cuando soporten los procesos de facturación de las operaciones correspondientes a su actividad, con el fin de que quede garantizada la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos, con la información sobre todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios.

¡Prepárate! Pronto la Cámara de Comercio brindará una píldora formativa sobre este tema. ¡Mantente alerta y no te la pierdas! 👀📚
calendario

CALENDARIO LABORAL 2024

La Junta de Castilla y León ha establecido el calendario de fiestas para 2024 con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales, en atención al sistema productivo, las demandas sociales y el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León. Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 28 de marzo, Jueves Santo.
  • 29 de marzo, Viernes Santo.
  • 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. Se traslada al lunes 9.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

FIESTAS LOCALES

  • 20 de mayo, San Juan del Monte
  • 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira

MISION COMERCIAL DIRECTA A COLOMBIA 2023 DEL 15 AL 20 DE MAYO DE 2023

 

MISION COMERCIAL DIRECTA A COLOMBIA 2023  
DEL  15 AL 20 DE MAYO DE 2023

Cofinanciado (50%) por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

ORGANIZA CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE LEON
 INFORMACION Se trata de una misión comercial directa, con elaboración de agenda de entrevistas, a uno de los mercados más interesantes de Iberoamérica.

La misión comercial cuenta con la colaboración de la Oficina Comercial de la Embajada de España en Colombia, que se encargará de la preparación de las agendas de trabajo individuales para las empresas participantes.

Cada empresa inscrita en esta misión dispondrá de una agenda de trabajo individual con potenciales clientes, empresas y organismos del país , elaborada de forma consensuada entre la empresa exportadora y la Oficina Comercial.

SECTORES  MULTISECTORIAL
PLAZO ADMISIÓN DE SOLICITUDES Del 21 de febrero de 2023 a las 9:00 horas al 10 de abril a las 14 h.

 Inscripción a través de:   https://sede.camara.es/sede/leon  

 

 La convocatoria está abierta a las empresas de Castilla y León

COSTE PARA LAS EMPRESAS  2.200 €  (iva incluido) .  Incluye Vuelo, cuatro noches de hotel, traslados comunes aeropuerto-hotel-aeropuerto, seguro de viaje, agenda de entrevistas  de 2 días de duración

1500 € para un segundo acompañante.

 La Cámara de Comercio de León gestionará (finalizada la misión) la obtención de una subvención del 50% del coste anteriormente citado. Esta cofinanciación proviene del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

INFORMACIÓN

INSCRIPCION

adepaz@camaraleon.com

https://sede.camara.es/sede/leon

 

MISION COMERCIAL DIRECTA TASTYWINES AMERICA 2023   FORT LAUDERDALE- FLORIDA DEL 19 AL 22 DE ABRIL DE 2023

MISION COMERCIAL DIRECTA TASTYWINES AMERICA 2023  
FORT LAUDERDALE- FLORIDA DEL 19 AL 22 DE ABRIL DE 2023Cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.
ORGANIZA CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE LEON
 INFORMACION Se trata de una misión comercial directa, con elaboración de agenda de entrevistas, y catas de vinos con importadores, a Fort Lauderdale- Florida, en un evento de 3 días con asistencia de importadores de América del Norte y América Latina

La misión comercial cuenta con la colaboración de la consultora especializada en promoción de vinos en el exterior BREAK EVENTS GROUP   que se encargará de la preparación de las agendas de trabajo individuales para las empresas participantes y de la organización del evento.

Incluye el envío de vino a Fort Lauderdale desde Burdeos y actos comunes que incluyen  2 comidas  y 1 cena, con todos los participantes

SECTORES BODEGAS Y EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE VINO
PLAZO ADMISIÓN DE SOLICITUDES Del 19 de enero a las 9:00 horas al 15 de marzo a las 14 horas

 Inscripción a través del siguiente enlace:

https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000004703

  La convocatoria está abierta a las empresas del sector, de Castilla y León

COSTE PARA LAS EMPRESAS 5.950 €  (iva incluido) .  Incluye Vuelo, traslado aeropuerto-hotel tres noches de hotel, seguro obligatorio y agenda de entrevistas  

 La Cámara de Comercio de León gestionará (finalizada la misión) la obtención de una subvención del 50% del coste anteriormente citado. Esta cofinanciación proviene del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

INFORMACIÓN

INSCRIPCION

https://camaraleon.com/comercio-internacional/

https://sede.camara.es/sede/leon/tramites/TR0000004703

MISION COMERCIAL ON LINE TASTYWINES SHENZHEN – CHINA 2023

LA MISION COMERCIAL ON LINE TASTYWINES SHENZHEN – CHINA 2023, que se celebrará el día 16 de mayo de 2023 consistirá en una una agenda de reuniones individuales por videoconferencia entre la bodega exportadora y el importador chino (y de otros países de Asia) con catas reales. Cada bodega participante se entrevistará con 5 importadores en otras tantas reuniones

 

Fecha de celebración de las reuniones on line: 16 de mayo de 2023 . Las reuniones se harán con importadores previamente seleccionados por la bodega participante entre todos los importadores participantes

Coste: 2.200 euros, que incluye:

  • Agenda de entrevistas con 5 citas 
  • Acceso a la plataforma de entrevistas 
  • Presentación en el catálogo en línea 
  • Acceso a los perfiles detallados y a la demanda de vinos de todos los importadores. 
  • Servicio de sumiller encargado de las catas 
  • Asistencia técnica durante las citas en línea -Visibilidad en RRSS
  • Envío de 12 botellas de vino.

 

Esta acción esta subvencionada con fondos FEDER La Cámara de Comercio de León gestionará devolución a la bodega participante del 50% del coste (1.100 €)

Fecha límite de inscripción: 30 de marzo de 2023

Enlace directo a la plataforma de inscripción para TASTYWINES SHENZHEN

TARJETA FAMILIA

¿QUÉ ES LA TARJETA FAMILIA?

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha creado la Tarjeta Familia que es el medio a través del cual se materializa el pago de la subvención del Bono Nacimiento y cualquier otra ayuda a las familias cuando así se establezca.

Se trata de una tarjeta de banda magnética. Los beneficiarios de la subvención la recibirán en su domicilio, por correo certificado, después de que el Gerente de Servicios Sociales resuelva su concesión.

A modo de ejemplo, el importe de la tarjeta prepago podría gastarse en Castilla y León, en farmacias, parafarmacias, ópticas, supermercados, tiendas de alimentación y establecimientos de puericultura o especializados en artículos y productos para la infancia.

 

CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA FAMILIA

Para poder comenzar a usar la tarjeta, el beneficiario de la subvención debe proceder a su activación en la web: www.moneytopay.com incorporando sus datos personales en el apartado “Regístrate”.

El uso de la tarjeta está restringido al pago, en establecimientos de la Comunidad de Castilla y León, de bienes o servicios básicos para la alimentación infantil, pañales, productos de higiene, ropa y accesorios infantiles, farmacias, ortopedias u otros para la atención infantil.

No es posible obtener reintegros en efectivo a través de cajeros automáticos ni hacer compras online.

Condiciones de uso de la Tarjeta Familia

 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL BONO NACIMIENTO?

Las familias en las que los progenitores de los menores nacidos o adoptados estén empadronados en Castilla y León de acuerdo con lo previsto en la convocatoria.

 

¿CÓMO PUEDO SOLICITARLO?

Desde la  Sede Electrónica  de Castilla y León a partir del día 7 de febrero, donde podrán acceder a la aplicación informática en la que deben grabar su solicitud. Allí encontraran la normativa que regula esta subvención y toda la información sobre los requisitos que deben cumplir los solicitantes, la documentación que deben aportar y toda la información sobre el Bono Nacimiento.

INFORMACIÓN PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE CASTILLA Y LEÓN

La TARJETA FAMILIA cumple dos objetivos muy importantes para la Junta de Castilla y León:

  • Fomentar la natalidad y ayudar a las familias con hijos y
  • dinamizar el comercio de Miranda de Ebro.

Por eso, siendo conscientes de que la TARJETA FAMILIA también es importante para los establecimientos comerciales y, en definitiva, para toda la sociedad mirandesa, se ofrece aquí un espacio para que quienes lo deseen, manifiesten formalmente su condición de establecimiento colaborador con la TARJETA FAMILIA.

 

Aun cuando no es un requisito para aceptar el pago de compras con dicha tarjeta, los establecimientos que deseen sumarse a este proyecto pueden cumplimentar el formulario que encontrarán a continuación.

 

 

 

 

Formulario Establecimiento Colaborador Tarjeta Familia

**Importante: Deberá guardar el documento como pdf conservando los cambios realizados. Para enviarlo por correo electrónico, deberá abrirlo desde un programa como acrobat y pinchar donde pone enviar correo electrónico.

 

 

En esta página se publicarán los datos de dichos establecimientos.

Podrás recoger el material (carteles y pegatina) en las instalaciones de la Cámara de Comercio previo aceptación de la JCYL como establecimiento colaborador y envío de un email a administracion@camaramiranda.com

REAL DECRETO-LEY 1/2023 MATERIA DE INCENTIVOS

Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

  • Los incentivos a la contratación se focalizan en los contratos indefinidos
  • Se simplifican y homogeneizan los requisitos de las empresas beneficiarias
  • Para los contratos financiados mediante bonificaciones se establece que el empleador deberá mantener a la persona trabajadora en situación de alta al menos tres años desde el inicio del contrato incentivado
  • En materia de bonificaciones a la Seguridad Social se establece una cuantía por cada mes natural completo
  • Se mantienen las bonificaciones para las personas con discapacidad o víctimas de violencia de género o de violencias sexuales
  • Se incentivan los contratos vinculados a la conciliación durante toda su duración
  • Se elevan hasta el 75% las bonificaciones a la contratación indefinida en Ceuta y Melill

REAL DECRETO 1055/22 DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

Objeto y finalidad.

1. Este real decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
2. A tal fin, se establecen medidas destinadas, como primera prioridad, a la prevención de la producción de residuos de envases y, atendiendo a otros principios fundamentales, a la reutilización de envases, al reciclado y otras formas de valorización
de residuos de envases y, por tanto, a la reducción de la eliminación final de dichos residuos, incluido la presencia de residuos de envases en la basura dispersa, con el objeto de contribuir a la transición hacia una economía circular.

 

COMERCIOS MINORISTAS DE ALIMENTACIÓN

Los comercios minoristas de alimentación adoptarán las medidas necesarias para:

  • Presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras. Esta obligación no se aplica a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, ni a las frutas y hortalizas que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica, así como a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel, las cuales se determinarán por orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de este real decreto. Una vez publicada la lista anterior, los comercios dispondrán de un plazo de 6 meses para su adaptación en el caso de las frutas y hortalizas no exceptuadas.
  • Fomentar la venta a granel de alimentos, especialmente en aquellos casos en los que el envase no aporta ningún valor añadido al producto
  • También se aplica a las plataformas de comercio electrónico y comercios minoristas que efectúen ventas a distancia

Todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento y limpieza.

Siempre que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público igual o superior a 300 metros cuadrados:

  • Informar a sus clientes, desde el 1 de enero de 2023, de los impactos ambientales y de las obligaciones de gestión de los residuos de los envases de los productos que adquieran.
  • Asegurarán la disponibilidad de envases reutilizables para el consumidor final, de forma gratuita o a través del cobro de un precio.

 

Los establecimientos minoristas de alimentación deberán ofrecer en sus puntos de venta, respecto a los envases de las bebidas mencionadas en el artículo 8.1.a):
a) Desde el 1 de enero de 2027:
1.º Al menos 1 referencia de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial inferior a 120 m2
2.º Al menos 3 referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 120 m2 o superior e inferior a 300 m2

b) Desde el 1 de enero de 2025:
1.º Al menos 4 referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 300 m2 o superior e inferior a 1.000 m2
2.º Al menos 5 referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 1.000 m2 o superior e inferior a 2.500 m2
3.º Al menos 7 referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 2.500 m2 o superior.

 

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

Los establecimientos del sector de la hostelería y restauración ofrecerán siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento, tal y como dispone el artículo 18.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril

 

PROMOTORES DE EVENTOS FESTIVOS, CULTURALES O DEPORTIVOS

Los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos, tanto los que tengan el apoyo de las administraciones públicas en el patrocinio, la organización o en cualquier otra fórmula como los organizados por el sector privado, desde el 01/07/23,
implantarán alternativas a la venta y la distribución de bebidas en envases y vasos de un solo uso, garantizando además el acceso a agua potable no envasada.

 

 

ENTRADA EN VIGOR EL 29/12/22. NO OBSTANTE, LAS NUEVAS OBLIGACIONES DE MARCADO PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 13 SE APLICARÁN DESDE EL 01/01/2025

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TRIPTICO NUEVO SIS COT AUT