GUÍA PARA FINANCIACIÓN PYMES

Nos complace presentar la Guía para la Financiación de Pymes, una iniciativa impulsada por la Comisión de Financiación de la Cámara de Comercio de España, con el propósito de proporcionar a las pequeñas y medianas empresas información clara, accesible y útil sobre las distintas alternativas de financiación disponibles en el mercado.

Las pymes representan el motor económico de nuestro país y, sin embargo, a menudo se enfrentan a dificultades a la hora de acceder a recursos financieros que impulsen su crecimiento y consolidación. Con esta guía, hemos querido ofrecer una herramienta práctica que sirva como punto de partida para conocer las opciones de financiación bancaria y no bancaria, así como otros instrumentos de apoyo que faciliten el desarrollo empresarial.

Este documento ha sido elaborado en colaboración con expertos del sector y cuenta con la participación de diversas entidades públicas y privadas, que desempeñan un papel clave en el ecosistema financiero. Nuestra intención es que esta guía sea un recurso de referencia para todas aquellas pymes que necesiten orientación en la búsqueda de financiación adecuada a sus necesidades.

RECONOCIMIENTO A LA RESTAURACIÓN MIRANDESA «Miranda un referente gastronómico»

14/11/24. La Cámara de Comercio de Miranda de Ebro ha celebrado en los Salones del Restaurante Carbón de Miranda de Ebro este encuentro exclusivo para los miembros del Club Cámara que reconoce la trayectoria y esfuerzo de destacados empresarios del sector de la restauración, quienes han sido fundamentales en el desarrollo de la gastronomía local, en el impulso económico de la ciudad y que con su visión han impulsado la imagen de nuestra ciudad a través de la gastronomía.

El presidente de la Cámara ha inaugurado el evento destacando la excelencia de la gastronomía mirandesa y la relevancia de este sector para el progreso de la ciudad. En su discurso, el presidente subraya el propósito de esta iniciativa, que marca el inicio de una serie de eventos anuales en los que se busca dar continuidad al reconocimiento de distintos sectores empresariales que contribuyen al desarrollo de Miranda de Ebro. “Nos reunimos esta noche para rendir homenaje a aquellos que han dejado una huella imborrable en el sector de la restauración”, afirma el presidente en el mensaje de apertura. “Reconocemos su esfuerzo, su dedicación y su inestimable aportación al desarrollo de la gastronomía mirandesa, que está proyectando a Miranda de Ebro como un referente en el ámbito gastronómico. Este evento es solo el inicio de una iniciativa que pretende en futuras ediciones reconocer la labor de empresarios de otros sectores que también contribuyen al crecimiento de nuestra ciudad”.

El presidente dedica además unas palabras especiales a Jesús Mª Conde, plenario de la Cámara y líder de Grupo Bocca (Carbón, Bocca, Catering, Debiccio, Lovetxuleta), cuya trayectoria en el sector de la restauración es un referente en Miranda de Ebro y en toda la región. “Jesús es una de esas figuras que merece nuestro reconocimiento, no solo por lo que ha logrado con sus múltiples iniciativas, sino también por el espíritu emprendedor que sigue demostrando con nuevos proyectos y desafíos”, destaca el presidente.

La Cámara de Comercio también expresa su profundo agradecimiento al Banco Sabadell por el patrocinio del evento.

Durante la velada, se hizo entrega de los reconocimientos a figuras destacadas de la gastronomía local como Alberto Molinero y Alejandro Serrano por sus Estrellas Michelín, Iñigo Ruiz Salazar por ser la tercera generación de su negocio Gonzalo Antón San Juan por su destacada trayectoria empresarial.

Además, disfrutamos de una ponencia  a manos de Javier Pérez Andrés sobre el momento de la gastronomía mirandesa y lo que supone para la economía y de una mesa redonda con estos grandes protagonistas del sector dónde se trataron temas para fomentar el impulso de nuestra ciudad  y cómo aprovechar este buen momento para atraer clientes y turismo a la ciudad.

El evento fue clausurado por la alcaldesa Aitana Hernando y finalizó con un cocktail networking en el que homenajeados, autoridades, ponente y asociados al Club Cámara pudieron en un ambiente distendido intercambiar impresiones, ideas, …

 

Networking y colaboración en el Club Cámara

Este evento, además de rendir homenaje a los profesionales de la restauración mirandesa, es una oportunidad para promover el networking y la colaboración entre los socios y socias del Club Cámara. Conformado por más de 120 empresas, el Club Cámara se consolida como un espacio de referencia para el fortalecimiento del tejido empresarial de Miranda de Ebro.

La Cámara de Comercio celebra el talento, la innovación y el compromiso de los restauradores, a la vez que impulsa nuevas oportunidades de colaboración y desarrollo para Miranda de Ebro.

PLAN LGTBI PARA EMPRESAS

El pasado 9 de octubre se publicó en el BOE el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.

En el mismo se establecen el desarrollo reglamentario de la obligación de las empresas de implementar un conjunto planificado de medidas y recursos destinados a lograr la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI conforme a lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas trans y los derechos de las personas LGTBI.

En este RD se establece que la negociación de estos planes se realizará en el marco de los convenios colectivos, es decir, por parte de los sindicatos que hayan negociado dicho convenio. Por lo tanto, la obligatoriedad de negociar un Plan LGTBI dentro de la empresa solo existirá en dos casos: si se dispone de un convenio empresarial propio o si no se aplica ningún convenio y se rige por el Estatuto de las personas Trabajadoras.

CALENDARIO LABORAL 2025

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDECRETO 18/2024, de 19 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2025.

Las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2025 serán las siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 17 de abril, Jueves Santo.
  • 18 de abril, Viernes Santo.
  • 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España. Se traslada al lunes.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Tales fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que habrán de determinarse para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del ayuntamiento respectivo, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos.

 

FIESTAS LOCALES

  • 9 de junio, San Juan del Monte
  • 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira

PROTECCIÓN DE DATOS Y BIOMETRÍA NOVEDADES 2023-24

INFORMACIÓN FACILITADA POR NUESTRO ASOCIADO AL CLUB CÁMARA SOFT 5

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el 23 de noviembre de 2023 una guía sobre el uso de sistemas biométricos para el control de presencia y acceso con fines laborales y fuera del ámbito laboral y establece que los sistemas biométricos se consideran un tratamiento de datos de alto riesgo, tanto para identificación como para autenticación, ya que pueden implicar la recogida de categorías especiales de datos.

La AEPD ha explicado que, antes de que se inicie el tratamiento, será obligatoria la realización de una evaluación de impacto para la protección de datos, donde se acredite la superación del triple análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad del tratamiento.

Con la actual interpretación de la AEPD, cualquier empresa que utilice un sistema de reconocimiento biométrico para su registro de jornada puede ser sancionada. Lo «idóneo», por tanto, sería recurrir a métodos menos invasivos.

La AEPD ha revisado su criterio a raíz de la Directriz emitida por el Comité Europeo de Protección de Datos (26/04/2023) que entiende que datos de las personas como la huella dactilar (o los necesarios para el reconocimiento facial) son datos especialmente sensibles y prohíbe el uso de la huella dactilar como método de registro de jornada laboral en empresas.

 

¿Existe habilitación legal para el tratamiento del dato biométrico?

El art. 9.2.b) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), con relación al tratamiento en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, no solo exige que exista una habilitación legal -o convenio colectivo-, sino que impone en primer término el requisito de que el tratamiento sea «necesario».

Actualmente la normativa no contiene autorización suficientemente específica para considerar necesario el tratamiento de datos biométricos con la finalidad de un control horario de la jornada de trabajo.

 

¿Legitimaría el tratamiento de la huella dactilar el consentimiento del trabajador?

La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo.

Según la «Guía tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos», en el caso del registro de jornada, como el interesado tiene la obligación de registrar su jornada, «(…) únicamente podría considerarse la existencia de un consentimiento libre a un tratamiento adicional de datos, en este caso biométricos, si el interesado dispone de una alternativa de libre elección para cumplir con dicha obligación».

Sin embargo, y respecto de este requisito de la posible «equivalencia de los tratamientos» hay que tener en cuenta que, si existen alternativas disponibles al tratamiento de datos biométricos que impliquen menor riesgo para los derechos y libertades de las personas cuyos datos personales se van a tratar, que permitan que en un momento dado todos los trabajadores opten por otras alternativas, el procesamiento de datos biométricos deja de ser necesario para la implementación del tratamiento.

 

No concurren, por consiguiente, los presupuestos establecidos en el art. 9.2.g) del RGPD para levantar la prohibición de tratamiento de datos biométricos con fines laborales, debiendo realizarse el registro horario por otros medios.

 

A la vista de lo que antecede, nuestra recomendación es dejar de realizar el tratamiento de datos biométricos o tenerlo en stand by a la espera de nuevas indicaciones de la AEPD y revisar la Evaluación de impacto para la protección de datos de forma previa a su reinicio.

PROTECCIÓN DE DATOS Y COOKIES NOVEDADES 2023-24

INFORMACIÓN FACILITADA POR NUESTRO ASOCIADO AL CLUB CÁMARA SOFT 5

La Agencia Española de protección de Datos (AEPD) actualizó el día 11 de julio de 2023 su Guía sobre el uso de cookies para adaptarla a las nuevas directrices del Comité Europeo de Protección de Datos sobre patrones engañosos, publicadas en febrero de ese mismo año.

Se estableció un periodo transitorio de 6 meses para introducir los cambios necesarios para la utilización de cookies, por lo que los nuevos criterios deberán implantarse antes del 11/01/2.024.

La Agencia recoge el criterio del Comité Europeo, según el cual, las acciones de aceptar o rechazar cookies tienen que presentarse en un lugar y formato destacados, y ambas acciones deben estar al mismo nivel, sin que sea más complicado rechazarlas que aceptarlas. La Guía incluye nuevos ejemplos sobre cómo deben recogerse estas opciones.

 

En paralelo a esa incorporación, se ha realizado una serie de modificaciones:

  • En el caso de las cookies de personalización, cuando el propio usuario toma decisiones sobre ellas (por ejemplo, la elección del idioma de la web o la moneda en la que desea realizar las transacciones), se trata de cookies técnicas que no requieren consentimiento, sin que puedan ser utilizadas para otras finalidades.

Sin embargo, cuando es el editor el que adopta este tipo de decisiones sobre las cookies de personalización basándose en la información que obtiene del usuario deberá informar sobre ello ofreciendo de forma destacada la opción de aceptarlas o rechazarlas. En este caso, el editor tampoco podría utilizarlas para otras finalidades.

 

  • En cuanto a los muros de cookies, la Guía anterior ya precisaba que para que el consentimiento pudiera considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no podía estar condicionado a que el usuario consintiese el uso de cookies. Por tanto, podía haber supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impidiese el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informase al usuario y se ofreciese por parte del editor una alternativa de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies. La nueva versión de la Guía aclara que dicha alternativa no tendrá por qué ser necesariamente gratuita.

NORMATIVA PARA SISTEMAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN

El objeto de este nuevo real decreto es precisamente el de establecer la regulación de los requisitos y especificaciones técnicas que deben cumplir los sistemas informáticos utilizados por quienes desarrollen actividades económicas, cuando soporten los procesos de facturación de las operaciones correspondientes a su actividad, con el fin de que quede garantizada la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos, con la información sobre todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios.

¡Prepárate! Pronto la Cámara de Comercio brindará una píldora formativa sobre este tema. ¡Mantente alerta y no te la pierdas! 👀📚
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CALENDARIO LABORAL 2024

La Junta de Castilla y León ha establecido el calendario de fiestas para 2024 con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales, en atención al sistema productivo, las demandas sociales y el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León. Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 28 de marzo, Jueves Santo.
  • 29 de marzo, Viernes Santo.
  • 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. Se traslada al lunes 9.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

FIESTAS LOCALES

  • 20 de mayo, San Juan del Monte
  • 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira

TARJETA FAMILIA

¿QUÉ ES LA TARJETA FAMILIA?

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha creado la Tarjeta Familia que es el medio a través del cual se materializa el pago de la subvención del Bono Nacimiento y cualquier otra ayuda a las familias cuando así se establezca.

Se trata de una tarjeta de banda magnética. Los beneficiarios de la subvención la recibirán en su domicilio, por correo certificado, después de que el Gerente de Servicios Sociales resuelva su concesión.

A modo de ejemplo, el importe de la tarjeta prepago podría gastarse en Castilla y León, en farmacias, parafarmacias, ópticas, supermercados, tiendas de alimentación y establecimientos de puericultura o especializados en artículos y productos para la infancia.

 

CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA FAMILIA

Para poder comenzar a usar la tarjeta, el beneficiario de la subvención debe proceder a su activación en la web: www.moneytopay.com incorporando sus datos personales en el apartado “Regístrate”.

El uso de la tarjeta está restringido al pago, en establecimientos de la Comunidad de Castilla y León, de bienes o servicios básicos para la alimentación infantil, pañales, productos de higiene, ropa y accesorios infantiles, farmacias, ortopedias u otros para la atención infantil.

No es posible obtener reintegros en efectivo a través de cajeros automáticos ni hacer compras online.

Condiciones de uso de la Tarjeta Familia

 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL BONO NACIMIENTO?

Las familias en las que los progenitores de los menores nacidos o adoptados estén empadronados en Castilla y León de acuerdo con lo previsto en la convocatoria.

 

¿CÓMO PUEDO SOLICITARLO?

Desde la  Sede Electrónica  de Castilla y León a partir del día 7 de febrero, donde podrán acceder a la aplicación informática en la que deben grabar su solicitud. Allí encontraran la normativa que regula esta subvención y toda la información sobre los requisitos que deben cumplir los solicitantes, la documentación que deben aportar y toda la información sobre el Bono Nacimiento.

INFORMACIÓN PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE CASTILLA Y LEÓN

La TARJETA FAMILIA cumple dos objetivos muy importantes para la Junta de Castilla y León:

  • Fomentar la natalidad y ayudar a las familias con hijos y
  • dinamizar el comercio de Miranda de Ebro.

Por eso, siendo conscientes de que la TARJETA FAMILIA también es importante para los establecimientos comerciales y, en definitiva, para toda la sociedad mirandesa, se ofrece aquí un espacio para que quienes lo deseen, manifiesten formalmente su condición de establecimiento colaborador con la TARJETA FAMILIA.

 

Aun cuando no es un requisito para aceptar el pago de compras con dicha tarjeta, los establecimientos que deseen sumarse a este proyecto pueden cumplimentar el formulario que encontrarán a continuación.

 

 

 

 

Formulario Establecimiento Colaborador Tarjeta Familia

**Importante: Deberá guardar el documento como pdf conservando los cambios realizados. Para enviarlo por correo electrónico, deberá abrirlo desde un programa como acrobat y pinchar donde pone enviar correo electrónico.

 

 

En esta página se publicarán los datos de dichos establecimientos.

Podrás recoger el material (carteles y pegatina) en las instalaciones de la Cámara de Comercio previo aceptación de la JCYL como establecimiento colaborador y envío de un email a administracion@camaramiranda.com