BREXIT PREPARACIÓN: FIN DEL PERIODO TRANSITORIO

Nos complace hacernos eco de la información facilitada por la Secretaría de Estado de Comercio con relación a los intercambios comerciales con Reino Unido (excepto Irlanda del Norte), que a partir del 1 de enero de 2021, se considerarán exportaciones e importaciones, lo cual tiene las siguientes implicaciones, con independencia de que se logre o no un acuerdo para la futura relación entre la UE y Reino Unido:

  • Los envíos y recepciones de mercancías a y desde Reino Unido se deberán formalizar en declaraciones aduaneras.
  • Para la presentación de declaraciones es necesario disponer de un número EORI registrado en un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de España se puede obtener a través de la sede electrónica de la agencia tributaria.
  • La presentación de declaraciones se puede efectuar por los propios operadores o utilizando un representante aduanero.
  • Algunos tipos de mercancías están sujetas a controles por parte de otros organismos diferentes de la aduana por lo que resulta imprescindible informarse de la tramitación que es necesario realizar ante ellos antes de llevar a cabo la importación o exportación.
  • Irlanda del Norte, aunque forma parte del territorio aduanero de Reino Unido, continuará aplicando normativa de la Unión en materia de aduanas, IVA e IIEE, entre otras.

Se recuerda a todos los operadores que deben prepararse, si no lo han hecho ya, para poder afrontar el próximo 1 de enero con las mayores garantías. Todos los Ministerios, además de Presidencia de Gobierno, tienen información sobre el Brexit en sus páginas web que puede ser consultada.

PINCHA AQUÍ PARA ACCEDER AL ENLACE DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO SOBRE EL BREXIT

BREXIT: GUÍAS DE ACCESO AL MERCADO DE REINO UNIDO A PARTIR DEL 1 DE ENERO 2021


PINCHA AQUÍ PARA ACCEDER A LA SECCIÓN GUÍAS DE ACCESO AL MERCADO DE REINO UNIDO A PARTIR DEL 1 DE ENERO 20


En esta sección del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo encontrará información relevante para las empresas exportadoras españolas relativa a la normativa del Reino Unido de cara a la salida efectiva del país de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2021.

La información está extraída del Border Operating Model publicado en julio de 2020 y actualizado en octubre, así como de las distintas guías que se publican en la web del Gobierno Británico.

El Gobierno británico revisa periódicamente sus guías y referencias legislativas, por lo que recomendamos comprueben el estado de actualización de la información a través de los enlaces que les facilitamos en esta colección de documentos.

La información proporcionada se refiere a requisitos a la importación en Gran Bretaña, no entra en el detalle de los requisitos de exportación desde España. Para obtener esa información consulte la sección «Más información. A partir del 1 de enero de 2021» de este banner o bien contacte con la red de Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.

Para cualquier duda o consulta al respecto, puede ponerse en contacto con la Oficina Económica y Comercial de España en Londres londres@comercio.mineco.es

Podrá encontrar:

  • Procedimientos aduaneros

  • Temas horizontales

  • Manuales específicos para los controles por etapas para productos agroalimentarios

  • Manuales específicos para productos industriales y bienes de consumo

  • Manuales específicos para productos químicos

 

BREXIT: COMUNICACIÓN Y LAS 4 PROPUESTAS LEGISLATIVAS EN AUSENCIA DE UN ACUERDO

Nos complace informarle acerca de la Comunicación y las 4 propuestas legislativas publicadas el 10/12/20 por la Comisión Europea sobre medidas de contingencia en ausencia de un acuerdo sobre una futura asociación con el Reino Unido.

Las medidas de contingencia se presentan en el contexto de continuidad de las negociaciones y ante la imposibilidad de garantizar de que, en el caso de que exista acuerdo, este pueda entrar en vigor el 1 de enero de 2021 (fecha en la que termina el periodo transitorio).

Con estas propuestas legislativas se pretende asegurar la conectividad aérea básica recíproca entre la UE y el Reino Unido y la seguridad aérea, garantizar la conectividad recíproca del transporte por carretera, garantizar la conectividad recíproca ferroviaria a través del túnel del Canal de la Mancha y permitir la posibilidad de acceso recíproco a la pesca en las aguas de la UE y el Reino Unido por parte de los buques de Reino Unido y la UE respectivamente.

 

PINCHA AQUÍ PARA ACCEDER AL ENLACE DE LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA DE LA COMISIÓN EUROPEA

BREXIT: CÓMO PREPARARSE PARA EL FINAL DEL PERÍODO TRANSITORIO GUÍA PARA EMPRESAS (SEPT 20)

El Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la Unión Europea el 31 de enero de 2020.
Oficialmente, el Reino Unido ya no es un país de la UE y no participa en la toma de decisiones de la UE.
La UE y el Reino Unido tienen un acuerdo de retirada que prevé un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020.
Durante el período transitorio, las normas y los procedimientos aduaneros y fiscales son los mismos que antes.
Sin embargo, esto cambiará a partir del 1 de enero de 2021.
Una vez finalizado el período transitorio, se producirán importantes cambios en materia de fiscalidad y aduanas para las empresas que trabajan con el Reino Unido.
¡Las empresas necesitan prepararse para estos cambios lo antes posible!

GUÍA PARA EMPRESAS

LISTA DE CONTROL PARA LOS OPERADORES DE CARA AL BREXIT

BREXIT: ACTUALIZACIÓN ENERO 2020

Documentación preparada por los servicios de la Comisión Europea en este mes de enero acerca de diversos debates internos preparatorios de la relación futura entre la UE 27 y el Reino Unido. Se encuentran en versión inglesa a través de los siguientes enlaces:

 

BREXIT: reciente actualización (8/10/19) de la lista provisional de aranceles

Nos complace remitirle la información recibida desde la Dirección General de Política Comercial (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) en referencia a la reciente actualización (8 octubre 2019) de la lista provisional de aranceles que el Reino Unido publicó en marzo pasado.

 

Los cambios afectan a:

–          lower tariffs on HGVs (heavy goods vehicle) entering the UK market, striking a better balance between the needs of British producers and the SMEs that make up the UK haulage industry, ensuring that crucial fleet replacement programmes that help to lower carbon emissions can continue

–          adjust tariffs on bioethanol to retain support for UK producers, as the supply of this fuel is important to critical national infrastructure

–          apply tariffs to additional clothing products to ensure the preferential access to the UK market currently available to developing countries (compared to other countries) is maintained

 

Preparación para el Brexit: 2ª fase de la campaña de información europea

Enlaces importantes:

CAMPAÑA INFORMATIVA BREXIT (5 septiembre 2019)

Por su importancia, nos hacemos eco de la sexta Comunicación de la Comisión Europea sobre la preparación para el Brexit. A ocho semanas de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea el 31 de octubre de 2019, la Comisión ha reiterado hoy, en su sexta Comunicación sobre la preparación del Brexit, su llamamiento a todas las partes interesadas en la Estrategia Europa 27 a fin de que se preparen para un escenario de retirada sin acuerdo. En vista de la persistente incertidumbre en el Reino Unido con respecto a la ratificación del acuerdo de retirada, tal como se acordó con el Gobierno del Reino Unido en noviembre de 2018, y de la situación política interna general, un Brexit sin acuerdo el 1 de noviembre de 2019 sigue siendo una posibilidad, aunque indeseada.

En este sentido, la Comisión Europea ha publicado hoy una lista de control detallada para ayudar a las empresas que comercian con el Reino Unido a realizar sus preparativos finales. Para reducir al mínimo las perturbaciones del comercio, todas las partes interesadas en las cadenas de suministro con el Reino Unido, independientemente del lugar en el que tengan su sede, deben ser conscientes de sus responsabilidades y de los trámites necesarios en el comercio transfronterizo. Este llamamiento se basa en comunicaciones anteriores y en otras cien comunicaciones a las partes interesadas, que abarcan sectores muy diversos.

Además, la Comisión ha propuesto al Parlamento Europeo y al Consejo que realicen ajustes técnicos específicos en la duración de las medidas de contingencia de la UE para un Brexit sin acuerdo en el ámbito del transporte. La Comisión también ha propuesto reproducir para el año 2020 las medidas de contingencia de 2019 vigentes en el sector pesquero y en relación con la posible participación del Reino Unido en el presupuesto de la UE de 2020. Estas medidas son necesarias habida cuenta de la decisión de prorrogar el período del artículo 50 hasta el 31 de octubre de 2019.

Por último, la Comisión ha propuesto que el Fondo Europeo de Solidaridad y el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización se pongan a disposición de las empresas, los trabajadores y los Estados miembros más afectados por un escenario de retirada sin acuerdo. Las propuestas deben ser aprobadas tanto por el Parlamento Europeo como por el Consejo.

Destacamos una serie de documentos sobre aduanas e impuestos indirectos (incluida una sencilla lista de control de cinco pasos) para las empresas:

 

  1. Información en materia de agricultura
  2. Siete cosas que las empresas en la UE-27 necesitan saber con el fin de prepararse para el Brexit

 

Puede acceder al comunicado de prensa de la Comisión Europea y enlaces de interés para los ciudadanos y las empresas a través del siguiente enlace.

CAMPAÑA INFORMATIVA BREXIT (3) 01 abril 2019

Como continuación a anteriores informaciones referidas a la preparación de la salida de Reino Unido de la Unión Europea, nos complace hacernos eco de la información facilitada por la Secretaría de Estado de Comercio con relación a la reciente publicación por el gobierno británico de orientaciones sobre los procedimientos aduaneros y régimen del Impuesto sobre el Valor Añadido para mercancías que circulen entre Irlanda e Irlanda del Norte en el caso de que Reino Unido abandone la Unión Europea sin acuerdo.

Se trata de guías no vinculantes y de carácter temporal. Asimismo, el gobierno británico indica que habrá que prestar atención a las recomendaciones que en su caso efectúe la República de Irlanda sobre estos mismos asuntos.

Pueden encontrar la información completa en los siguientes enlaces: