Convocatoria de ayudas Vivero de Empresas (plazo hasta el 02/09/24)

CONVOCATORIA DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA CREACION Y CONSOLIDACION DE INICIATIVAS EMPRESARIALES Y GENERACIÓN DE EMPLEO EN EL VIVERO DE EMPRESAS DE MIRANDA DE EBRO (2024)

Las ayudas, dotadas con un crédito presupuestario de 50.000 euros, se aplicarán a autónomos y empresas cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a 8 años a la fecha de la publicación de la presente convocatoria y que se encuentren instaladas física y exclusivamente en el Vivero de Empresas en el año 2024 tanto en oficinas, como en naves o en espacios compartidos de trabajo (coworking). Asimismo, también podrán beneficiarse de esta convocatoria de ayudas todas aquellas actividades económicas, independientemente de su antigüedad, instaladas física y exclusivamente en el Vivero de Empresas hasta que cumplan un año desde su fecha de instalación. En este caso, solo podrán beneficiarse de las ayudas durante el periodo de instalación correspondiente a 2024 y hasta cumplir el primer año desde su llegada al Vivero.

El percibo de estas subvenciones por parte de un mismo beneficiario no podrá superar el número máximo de 4 anualidades.

Modalidades de ayuda:

Se subvencionarán gastos o inversiones realizadas en 2024 durante el periodo de instalación de la actividad en el Vivero de Empresas, teniendo en cuenta que aquellas actividades económicas que tengan arrendado un espacio coworking, únicamente podrán beneficiarse de las modalidades de ayuda relativas alquiler de espacios. Se establecen las siguientes modalidades de ayuda:

– Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos generados relativos a la amortización de préstamos necesarios para el inicio de la actividad empresarial en su primer año, con un importe máximo de 3.000 euros por beneficiario.

– Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos relacionados con la ocupación de los espacios en los que se desarrollan las actividades empresariales en el Vivero de Empresas, ya sean despachos, naves o espacio compartido de trabajo –coworking– (canon o alquiler), con un importe máximo de 5.000 euros por beneficiario, independientemente del número de espacios arrendados.

– Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos por el funcionamiento normal de la oficina/nave/espacio coworking de uso privativo y de los lugares de uso común, con un importe máximo de 500 euros por beneficiario.

– Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos derivados del alta de la actividad empresarial por inicio de esta en el año 2024, en relación con las cuotas a la Seguridad Social (quedando excluidos dichos gastos si han sido subvencionados previamente o si se disfruta de pago único por capitalización de desempleo), con un importe máximo de 500 euros por beneficiario.

– Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos derivados de publicidad, propaganda así como marketing offline y online, con un importe máximo de 500 euros por beneficiario.

– Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos derivados de la realización de cursos de formación del titular de la actividad o de sus trabajadores en materias relacionadas directamente con la actividad económica desarrollada con un importe máximo de 500 euros por beneficiario.