Convocatoria de ayudas Vivero de Empresas (plazo hasta el 01/09/26)

CONVOCATORIA DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA CREACION Y CONSOLIDACION DE INICIATIVAS EMPRESARIALES Y GENERACIÓN DE EMPLEO EN EL VIVERO DE EMPRESAS DE MIRANDA DE EBRO (2026)

Las ayudas, dotadas con un crédito presupuestario de 25.000 euros, se aplicarán a autónomos y empresas cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a ocho años a la fecha de la publicación de la presente convocatoria y que se encuentren instaladas física y exclusivamente en el Vivero de Empresas en el año 2026 tanto en oficinas como en pabellones.
Asimismo, también podrán beneficiarse de esta convocatoria de ayudas todas aquellas actividades económicas, independientemente de su antigüedad, instaladas física y exclusivamente en el Vivero de Empresas hasta que cumplan un año desde su fecha de instalación. En este caso, solo podrán beneficiarse de las ayudas durante el periodo de instalación correspondiente a 2026 y hasta cumplir el primer año desde su llegada al Vivero.
El percibo de estas subvenciones por parte de un mismo beneficiario no podrá superar el número máximo de cuatro anualidades.

Modalidades de ayuda:

Se subvencionarán gastos o inversiones realizadas en 2026 durante el periodo de instalación de la actividad en el Vivero de Empresas. Se establecen las siguientes modalidades de ayuda:

  1. Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos relacionados con la ocupación de los espacios en los que se desarrollan las actividades empresariales en el Vivero de Empresas, ya sean despachos o naves, con un importe máximo de 4.000 euros por beneficiario, independientemente del número de espacios alquilados.
  2. Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos por el funcionamiento normal de la oficina/nave de uso privativo y de los lugares de uso común, (en este último caso, cuyo importe se repercute entre cada cesionario mediante la forma que reglamentariamente establece la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Miranda de Ebro), con un importe máximo de 500 euros por beneficiario. Serán objeto de subvención los siguientes gastos: electricidad, teléfono, internet, limpieza y facturas emitidas por la Cámara de Comercio e Industria vinculadas a gastos privativos y/o comunes.
  3. Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos derivados de publicidad, propaganda así como marketing offline y online, con un importe máximo de 500 euros por beneficiario. En el momento de la justificación de la ayuda concedida, se deberá presentar una memoria reflejando el contenido de la campaña realizada.
  4. Ayudas a fondo perdido para cubrir hasta el 80% de los gastos derivados de la realización de cursos de formación del titular de la actividad o de sus trabajadores en materias relacionadas directamente con la actividad económica desarrollada con un importe máximo de 500 euros por beneficiario. En el momento de la justificación de la ayuda se deberá aportar, además de la factura del curso, una memoria en la que se detalle el contenido de la formación realizada y su vinculación con la actividad de la empresa, certificado de realización del curso e Informe de Trabajadores en Alta (actualizado) con el fin de verificar que el trabajador estaba contratado en el momento de realizar el curso y continúa contratado a la hora de justificar la ayuda.